El Supremo admite a trámite el recurso de la Xunta contra el canon eólico
Energía
La sentencia emitida el pasado año pretende establecer que los tributos de Galicia vigentes desde 2013 deben ser tenidos en cuenta para determinar el suplemento territorial e incluidos en los peajes de acceso que se aplican a los consumidores
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la admisión a trámite por parte del Tribunal Supremo de un recurso contencioso-administrativo presentado por la Xunta contra la Orden que fija los tributos y recargos considerados para calcular los suplementos territoriales de la energía eléctrica correspondientes al ejercicio 2013.
Según esa orden, los gallegos deberían compensar a las eléctricas con 23 millones de euros, aspecto en el que difieren desde el Gobierno autonómico al entender que el canon eólico de 2013 es un impuesto medioambiental.
La sentencia emitida el pasado año, recurrida por la Xunta y admitida a trámite por el Supremo, pretende establecer que los tributos de Galicia vigentes desde 2013 deben ser tenidos en cuenta para determinar el suplemento territorial e incluidos en los peajes de acceso que se aplican a los consumidores.
Frente a ello, el recurso elaborado por los letrados de la Xunta sostiene que los tributos que recoge la orden presentan como objetivo compensar los efectos negativos que estas actividades tienen sobre el entorno y preservar el ambiente, por lo que su recaudación se destina a la conservación, reparación y restauración.
El recurso ha sido admitido a trámite por diligencia de ordenación de 9 de marzo de 2018.
Ahora, se conceden nueve días, computados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE para que puedan personarse en dicho recurso, como demandados, quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la actuación recurrida.
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