Absuelto un guardia civil acusado de encubrir a un amigo en busca y captura

SENTENCIA AUDIENCIA PROVINCIAL

Los togados consideran que no había indicios que motivasen las escuchas que realizó la Guardia Civil para una investigación de homicidio en Zamora

José Manuel G.N., en el juicio en la Audiencia Provincial.
José Manuel G.N., en el juicio en la Audiencia Provincial. | Xesús Fariñas

La investigación de un homicidio en Zamora en 2019 llevó a la Guardia Civil a realizar escuchas telefónicas con el objetivo de resolver el crimen. Estas grabaciones fueron el punto de partida de otro proceso penal que sentó el pasado mes de noviembre a José Manuel G.N., un agente de la Guardia Civil destinado en Bande, en el banquillo de la Audiencia Provincial por revelación de secretos y omisión del deber de perseguir delitos.

La Fiscalía lo acusaba de no delatar a un amigo suyo recluso que no se reincorporó a la cárcel tras un permiso penitenciario y sobre el cual pesaba una orden de busca y captura. Sin embargo, los magistrados del alto tribunal ourensano han absuelto al acusado al considerar nulos los autos que permitieron las escuchas telefónicas que lo incriminaban.

El fiscal explicó en el juicio que José Manuel G.N., a través de las llamadas con la expareja de su amigo que estaba huido, conoció los planes de fuga de este. La mujer primero le contó que el recluso no tenía pensado volver al centro penitenciario y días después le informó de que había cruzado a Portugal. Pese a conocer esta información, según la acusación pública, no lo puso en conocimiento de sus superiores.

Sin embargo, la Guardia Civil tenía pinchado el teléfono de su interlocutora al considerar que era sospechosa en el homicidio de un hombre en Zamora, conocido como el “Crimen del Lago de Sanabria”. Esto motivó la investigación contra un agente de Ourense que culminó en un juicio en la Audiencia Provincial de Ourense el pasado noviembre.

El acusado, José Manuel G.N., ha sido absuelto por los magistrados, quienes consideran nulos los autos que permitieron las escuchas a la mujer. Los togados señalan que no había indicios suficientes para suponer su implicación en el crimen y proceder a la intromisión en el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.

Por ello, al considerar nulos los autos que autorizaban las escuchas, lo cual invalida la información obtenida a partir de ellos, José Manuel G.N. fue absuelto de los delitos que le imputaban.

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