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El Consejo interterritorial del Sistema Nacional de Salud decidió en marzo de 2013 un calendario de vacunación común para todo el sistema sanitario español, en el que se especifica la obligatoriedad de vacunación ante la varicela a todo niño que a los 12 años no hubiese estado aún expuesto a la enfermedad. La decisión supuso una directriz clara hacia el control de la vacunación de la varicela.
En junio de 2014, el Ministerio de Sanidad decidió rubricar como de ‘uso hospitalario’ la vacuna que con normalidad podía adquirirse en las farmacias de nuestro país para así poder vacunar a los niños a la edad de 15 meses, según recomendación pediátrica. De este modo, la vacuna desapareció del alcance no oficial, una situación que inoculó la diatriba en torno a la idoneidad de tal decisión: prescindir de la va- cunación a edad temprana (una aplicación por recomendación pediátrica) para centrarse en una vacunación de ‘rescate’, dejando así que el colectivo infantil adqui- riese la enfermedad, considerada benigna- y se inmunizase; permitiendo así, además, la rotación del virus en la población, lo que supone un beneficio sanitario a largo plazo.
La decisión, realizada bajo criterios poblacionales, se situó de un modo comprensible, en eje de polémica.
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