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E-Cristians ha informado mediante una nota de prensa del contenido de las calificaciones de la acusación particular que ejerce en el caso del doctor Morín y los otros doce imputados por realizar presuntamente abortos ilegales.
Esta entidad católica ejerce la acusación particular, junto con Alternativa Española, el Colegio de Médicos de Barcelona y el Centro Jurídico Tomás Moro.
El juicio dirimirá la culpabilidad o inocencia del doctor Carlos Morin, su esposa María Luisa Duran Salmerón y otros 11 colaboradores, entre psiquiatras, anestesistas y profesionales que supuestamente practicaron o permitieron los abortos.
Las penas que pide e-cristians para Morin como principal imputado por esos presuntos abortos ilegales son de 345 años de prisión y 690 años de inhabilitación para ejercer la medicina como autor, coautor o cooperador necesario.
También le reclaman, por cooperación necesaria en dos delitos de intrusismo, 24 meses de multa; por delito continuado de falsedad documental, cuatro años y seis meses de prisión y multa de dieciocho meses.
Además, por su calidad de fundador y director de una asociación ilícita, se enfrenta a cuatro años de prisión y una multa de veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por doce años.
El pasado mes de febrero la titular del juzgado de instrucción número 30 de Barcelona dio por finalizada la investigación de supuestos abortos en las tres clínicas barcelonesas del doctor Morín y le imputó a él, a su esposa y a 11 colaboradores un total de 115 abortos ilegales.
En esta causa judicial, destapada a raíz de un reportaje de la televisión danesa, se intervinieron 2.780 historias clínicas de pacientes sometidas a interrupciones voluntarias del embarazo en la clínica Morín, de las que finalmente acabaron investigándose 167.
Tras la entrada en vigor de la nueva ley del aborto, que ampara las interrupciones voluntarias del embarazo hasta las 14 semanas de gestación y hasta las 22 en el caso de riesgos para la gestante o el feto, la juez acordó el sobreseimiento libre de una cincuentena de casos que ahora son legales, aplicando el principio de retroactividad de las leyes.
Concretamente, los casos archivados corresponden a abortos practicados a gestantes de hasta 14 semanas de evolución no apoyados en dictámenes que acreditaran algunos de los supuestos amparados por la antigua ley: riesgo físico o psíquico para la gestante, violación o malformaciones del feto.
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