Un pasajero de Ryanair, multado con 2.000 euros por fumar a bordo
ACCIONES PENALES
Ryanair refuerza su política de tolerancia cero contra pasajeros conflictivos tras la multa de 2.000 euros a un viajero por fumar a bordo y el inicio de una acción penal contra otro por alterar un vuelo.
Ryanair ha celebrado que un tribunal maltés haya multado con 2.000 euros a un pasajero que volaba de Colonia (Alemania) a Malta el pasado 22 de marzo y que fumó a bordo del avión y se negó a seguir las instrucciones de la tripulación.
La compañía tiene un firme compromiso con que tanto los pasajeros como la tripulación viajen de forma segura y respetuosa, sin interrupciones causadas por pasajeros "indisciplinados".
Así, desde hace tiempo viene aplicando una estricta política de "tolerancia cero" con la mala conducta de los pasajeros y seguirá tomando medidas para evitar este tipo de comportamientos.
Desde la compañía han señalado que "es inaceptable" que los pasajeros se vean obligados a sufrir interrupciones innecesarias por el comportamiento de un pasajero conflictivo.
Por eso, considera que la decisión del tribunal refuerza su compromiso de mantener un entorno seguro y respetuoso tanto para la tripulación como para los pasajeros en todos los vuelos de Ryanair.
Entre otras medidas que la compañía puede adoptar para evitar este tipo de incidentes se encuentran la prohibición de viajar, el apoyo a las investigaciones de las autoridades policiales locales y la reclamación de daños y perjuicios civiles.
Hace unas semanas, la aerolínea también anunció el inicio de una acción penal contra un pasajero que fue expulsado de un avión por la Guardia Civil tras afirmar ser diplomático de la ONU para ocupar un asiento no asignado en un vuelo entre Lanzarote y Santiago de Compostela el pasado 17 de enero, lo que retrasó el vuelo 40 minutos.
La aerolínea explicó que el pasajero fue "verbalmente agresivo" cuando la tripulación le pidió ver su tarjeta de embarque. Con esta acción, el pasajero podría enfrentarse a una pena de entre tres y 12 meses de cárcel o a una multa pecuniaria de entre seis y 18 meses.
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