El TSXG exime a Candal de juicio con jurado porque el delito ya está prescrito
El ex alcalde vilamartinés Manuel Candal Candal y su yerno Luciano Álvarez López no se sentarán en el banquillo para ser enjuiciados por un jurado popular por el delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos.
El ex alcalde vilamartinés Manuel Candal Candal y su yerno Luciano Álvarez López no se sentarán en el banquillo para ser enjuiciados por un jurado popular por el delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos (en relación a la suscripción de seguros del Concello que gobernaba, Vilamartín, con la compañía de la que era mediador Luciano Álvarez).
Así lo estimó la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia a la que recurrió en apelación el ex portavoz del PSOE en Vilamartín Pablo Deramond.
Los magistrados del alto tribunal gallego confirman así el auto de la Audiencia de Ourense (27 de febrero de 2009) que archivaba el procedimiento al entender que el delito había prescrito, tal como había alegado el letrado de los inculpados, Emilio Atrio Abad.
La sala recoge textualmente que al presentarse la querella en octubre de 2004 habían transcurrido los cinco años de prescripción del citado delito, dado que el último de los contratos de seguros se concertó en enero de 1999.
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