TRIBUNALES

Ourense | La Justicia cancela la deuda de 19.121 euros de un vecino de Allariz

La ley de segunda oportunidad permite a particulares y autónomos terminar las deudas que no pueden afrontar

El Juzgado Mercantil de Ourense (Instancia 4) dictó Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho en el caso de R.H., vecino de Allariz, que quedó exonerado de una deuda de 19.121 euros gracias a que se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad. Su caso lo llevó la letrada Ana Isabel García, del bufete Repara tu Deuda Abogados, quien recordó que “el caso de este señor se dio en un momento en que no podía hacer frente a todos sus gastos de primera necesidad y al pago de la hipoteca, por lo que empezó a solicitar otro tipo de préstamos personales, a pagar con tarjeta, para poder ir tirando”.

El alaricano, de 71 años, negoció con el banco la dación en pago de su vivienda para anular la hipoteca, tras lo que se mudó junto a su esposa a una casa de alquiler, aunque conservaron las deudas contraídas con seis entidades de crédito rápido. Su situación se agravó a raíz de sus problemas de salud, por los que le concedieron la discapacidad tras perder parte de su movilidad y sufrir varias operaciones. 

“La ley te exige pasar por una fase extrajudicial, en la que se intente negociar con los acreedores. Él lo hizo, justificando los ingresos que tenía y su discapacidad física, y se acreditaron sus gastos de primera necesidad. Propuso pagar una cuota, menor a la solicitada, y fueron las entidades las que se negaron a la negociación y a dar ningún tipo de facilidad, por eso acudimos a la cancelación de la deuda”, agregó la abogada. Hasta el veredicto favorable pasaron dos años, aunque este caso fue más lento de lo habitual por las restricciones derivadas de la pandemia. 

La letrada explicó que las claves para acogerse a esta ley, además del proceso extrajudicial de intento de negociación, son “que la deuda no supere los cinco millones de euros, que la persona no haya cometido ningún delito socioeconómico en los últimos 10 años, y, sobre todo, el elemento esencial que tienen en cuenta todos los jueces es que sea un deudor de buena fe, que se da cuando una persona no oculta bienes ni ingresos y es transparente colaborador”. 

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar las deudas que contrajeron y que no pueden afrontar. Se aprobó en el año 2015, y a pesar del desconocimiento que existe sobre su existencia, cada vez son más las personas que intentan acogerse a ella Más de 15.500 han acudido ya a los juzgados para empezar de cero y tener una segunda oportunidad, y en este bufete tienen un 100 % de casos ganados.

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