derecho a la autodeterminación

El derecho a la autodeterminación tiene un lugar privilegiado en la Carta de la Organización de las Naciones Unidas y en los dos pactos internacionales de Derechos Humanos de 1966: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales constituye la primera contribución significativa de la ONU. A nivel regional hay tres tratados que protegen la autodeterminación y la libre disposición de recursos naturales: la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el Acta Final de Helsinki y la Convención Americana de los Derechos Humanos.

El derecho de los pueblos a la autodeterminación es un pilar del derecho internacional y ha constituido la base jurídica y política del proceso de descolonización que ha visto nacer más de 60 nuevos estados. La creación de un nuevo estado puede estar instrumentalizada por ciertos poderes o intereses privados. Puede crearse y ser reconocido sólo por un único estado o por un grupo, e incluso ser creado contra la opinión de su población, como en el caso de la constitución de Bosnia. Lógicamente no es fácil que se reconozca una creación unilateral; para ser admitido en la ONU el nuevo estado debe ser reconocido por otros estados, que el Consejo de Seguridad lo recomiende a la Asamblea General y que ésta lo acepte por mayoría de dos tercios de sus miembros. En mi opinión, uno de los elementos más importantes es 'la expresión libre y auténtica de la voluntad de las poblaciones del territorio afectadas'.

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