Así es la nueva ley de protección animal

Cobayas. Foto: Pixabay.
photo_camera Cobayas. Foto: Pixabay.
La nueva ley de bienestar animal todavía está pendiente de ser aprobada en el Parlamento antes de entrar en vigor, pero así es como se presenta en el borrador

Ya ha comenzado 2023 y entre otras cosas previstas para este año, una de ellas es la ya conocida ley de bienestar animal o ley de protección animal, que cambiará, entre otras cosas, conceptos básicos para los dueños de mascotas. Esta ley entrará en vigor si logra ser aprobada en el Parlamento, la última barrera que le falta superar para ser instaurada.

Durante los últimos meses, esta nueva ley ha sido algo común en los medios, tanto impresos como digitales, sin embargo, el resultado final de la ley no es tal y como habitualmente se explica. Los principales objetivos de la ley son como se explican, como la misma portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, explicó en su momento, el objetivo es "proteger y garantizar el bienestar animal", así como "sentar las bases para un marco legal común" en España.

Una de las medidas más importantes de esta ley es que las mascotas comenzarán a ser consideradas "miembros de la familia". Esto supone que no es un objeto, como estaba considerado hasta ahora, lo que dificultaba varias situaciones en las que se veían envueltos. Un caso común, es una ruptura de pareja cuando ambos eran dueños de una mascota, al ser considerado un objeto, no hay ninguna ley que regule una posible "custodia compartida" de la mascota ni nada similar.

Que regula la ley de bienestar animal

La nueva ley instaurará una serie de obligaciones a los propietarios con respeto a las mascotas que deberán ser acatadas para buscar así ofrecerles un estado de bienestar:

  • Tratar a los animales conforme a su condición de seres sintientes, manteniéndolos en unas condiciones de vida dignas, acordes a sus necesidades etológicas y fisiológicas, que garanticen sus derechos y desarrollo saludable.
  • Adoptar las medidas necesarias para evitar que su tenencia o circulación ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a las personas, otros animales o a las cosas.
  • Educar y manejar al animal con métodos no agresivos ni violentos que puedan provocar sufrimiento o maltrato al animal, o causarle estados de ansiedad o miedo.
  • Ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida.
  • Prestar al animal los cuidados sanitarios necesarios para garantizar su salud y, en todo caso, los estipulados como obligatorios según su normativa específica, así como facilitarles un reconocimiento veterinario de forma periódica, que deberá quedar debidamente documentado en el registro de identificación correspondiente.
  • Mantener permanentemente localizado e identificado al animal.
  • Colaborar con las autoridades, identificando a los animales cuando así sea requerido y comunicando su cambio de titularidad, o muerte.
  • En general, cumplir con las obligaciones que se establecen en esta y otras normas.

La ley también hace responsable a los dueños de cualquier daño que pueda provocar el animal, tanto a personas, como otras mascotas, a las vías o espacios públicos o al medio natural.

Como se instauran obligaciones también son instauradas prohibiciones que tendrán como objetivo evitar el maltrato:

  • Se prohíbe el sacrificio público de animales, así como su utilización en espectáculos y otras actividades cuando éstas puedan ocasionar sufrimiento o en las que puedan ser objeto de tratamiento indigno, tales como el tiro al pichón, tiro a tubo o prácticas que puedan ocasionar la muerte de animales. Sin embargo, los animales utilizados en los espectáculos taurinos quedan exentos de esta normativa, pudiendo ser valoradas nuevamente durante la tramitación del proyecto.
  • Maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a trato negligente o cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos, daños físicos o psicológicos u ocasionar su muerte.
  • Abandonarlos en espacios cerrados o abiertos.
  • Dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público.
  • Utilizarlos en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias, que les causen angustia, dolor o sufrimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el título IV, y, en todo caso, en atracciones mecánicas o carruseles de feria, así como el uso de animales pertenecientes a especies de fauna silvestre en espectáculos circenses.
  • Utilizarlos de forma ambulante como reclamo o ejercer la mendicidad valiéndose de ellos.
  • Someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales.
  • Emplear animales de compañía para el consumo humano o animal.
  • La tenencia de aves fringílidas capturadas del medio natural en tanto se infrinjan los requisitos del artículo 61, que hace referencia a especies exóticas invasoras y a especies exóticas con potencial invasor.
  • Alimentarlos con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.
  • Utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción.
  • La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal incluido en el Listado Positivo que se desarrolla en la presente Ley.
  • La utilización de animales como reclamo publicitario, excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos, en cuyo caso se deberá obtener autorización administrativa previa.

Que animales serán considerados mascotas

Actualmente el término mascota no tiene ninguna implicación, pudiendo ser cualquier tipo de animal que no se encuentre en la lista de especies invasoras. Con la nueva ley las mascotas serán restringidas y, a pesar de lo que se creía previamente debido a la lista existente en la actualidad, será más extensa.

El último avance de la ley indica que a lo largo de un plazo máximo de 2 años se creará un listado definitivo de las especies que serán permitidas y consideradas animales de compañía. Por esta razón, todavía no está confirmada la lista definitiva y los animales que se han indicado por el momento, son los que han sido confirmados hasta ahora.

Los animales que serán considerados mascotas deberán cumplir una serie de requisitos, los cuales serán estudiados para cada caso. Estos requisitos son:

  • La posibilidad de cubrir todas sus necesidades.
  • La existencia de información para poder cuidarlos de forma correcta.
  • Que no sea peligroso.
  • Que no suponga un riesgo para el medioambiente.

Una vez los distintos animales hayan sido estudiados en con respecto, entre otras cosas, al cumplimiento de estos requisitos, irán siendo incorporados a la lista de animales que podrán ser considerados animales de compañía.

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