Desescalada

Consulta las medidas que entran en vigor en la fase 1 de la desescalada

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado la orden que regula la flexibilización de las medidas de restricción de movimientos y actividades de la fase 1 del plan de desescalada, que se extenderá a partir del lunes para buena parte del territorio y algo más de la mitad de la población.

El documento establece que las CCAA y ciudades autónomas podrán adelantar o atrasar las horas de las franjas horarias sobre las salidas "hasta dos horas antes y hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dicha franja".

Reapertura al público de establecimientos y comercios minoristas

Pueden reabrir aquellos locales comerciales que reduzcan al 30% el aforo total del local. En aquellos establecimientos en los que no sea posible mantener la distancia mínima de dos metros, se permitirá únicamente la permanencia de un cliente dentro del local. Las tiendas de menos de 400 metros cuadrados podrán atender sin cita previa.  Los mayores de 65 años tendrán atención prioritaria.

Reapertura con cita previa de: concesionarios de automoción, estaciones de ITV, centros de jardinería y viveros de plantas, administraciones de lotería y de juego público (excepto los ubicados en centros o parques comerciales sin acceso independiente a los locales).

Se permite establecer el sistema de recogida en el local de productos adquiridos de forma telemática, así como el sistema de reparto a domicilio.

Reapertura de los mercados con actividad al aire libre siempre que lo apruebe el Ayuntamiento correspondiente. Será el organismo municipal el que establezca los requisitos de distancia entre los puestos para garantizar la seguridad. Se garantizará el límite al 25% de los puestos con una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual. También se permite aumentar la superficie habilitada.

Higiene: es obligatorio realizar al menos dos limpiezas al día en la que se desinfectará aquellos objetos en contacto con los clientes. Los puestos de trabajo se desinfectarán en cada cambio de turno. En el sector del comercio textil, los probadores deberán utilizarse por una única persona, y se limpiarán y desinfectarán tras su uso. En caso de que un cliente se pruebe una prenda que no adquiera, se implementarán medidas para que la prenda sea higienizada antes que sea facilitada a otros clientes. 

Prohibidos los productos de prueba no destinados a la venta como cosméticos o productos de perfumería.

Reapertura al público de terrazas, hostelería y restauración

Se permite la reapertura de las terrazas al aire libre y establecimientos de hostelería y restauración con un máximo del 50% de ocupación, asegurando una distancia mínima de dos metros entre las mesas. El número de mesas se puede incrementar siempre que el Ayuntamiento correspondiente permita ampliar la superficie destinada.

La ocupación máxima será de 10 personas por mesas (o agrupación de mesas).

Higiene: se deberán limpiar y desinfectar mesas y sillas entre un cliente y otro; se priorizará mantelería de un solo uso; se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes. Se debe evitar el uso de cartas de menú, y la vajilla, cristalería o cubertería se almacenará en recintos cerrados (de no ser posible, lejos de trabajadores). 

Quedan prohibidos productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares.

El uso de los aseos será para un máximo de una persona. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.

Higiene en el lugar de trabajo

Siempre que sea posible, se recomienda el teletrabajo. En aquellas actividades en las que no sea posible, la empresa se asegurará de que todos los trabajadores tengan a su disposición geles hidroalcohólicos o desinfectantes. Si no es posible mantener la distancia de 2 metros, los trabajadores deberán tener las medidas apropiadas de seguridad.

El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas.

Los centros de trabajo deberán realizar un reajuste de la organización horaria para evitar aglomeraciones de trabajadores, en especial a la entrada y salida del lugar de trabajo.

Libertad de circulación

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial. También tendrán libertad de movimiento aquellos que se desplacen por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, así como causa de fuerza mayor. 

Los grupos deberían ser de un máximo de diez personas, excepto en el caso de personas convivientes, y se deberán respetar las condiciones de seguridad.

Velatorios y entierros

Velatorios para un número limitado de familiares y allegados, con protocolos de distancia física y seguridad. Un máximo de 10 personas si son en espacios cerrados y 15 si se celebran al aire libre

Lugares de culto

Podrán abrir limitando el aforo a un tercio. Será obligatorio el uso de mascarilla, así como la desinfección de los espacios antes de cada celebración. Las misas deberán limitar su duración.

Se organizarán las entradas y salidas para evitar agrupaciones y se pondrá a disposición del público dispensadores de geles. 

Queda prohibido el uso de agua bendecida. Se debe evitar el contacto físico, así como tocar o besar objetos.

En el caso de que los asistentes se sitúen directamente en el suelo o se descalcen antes de entrar, deberán usar alfombras personales y se dejará el calzado embolsado y separado.

Centros educativos

Reapertura de los centros educativos y laboratorios univeritarios para su desinfección y gestiones administrativas.

Bibliotecas

Apertura de las bibliotecas para el préstamo de libros o lectura en sala. No se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos para el público. Una vez consultadas las obras permanecerán catorce días si poder utilizarse.

Museos

Se abren las puertas de los museos para un tercio del aforo y con controles para evitar aglomeraciones. Las visitas serán individuales, entendiendo como tales tanto la visita de una persona como la de una unidad familiar 

Deporte 

Queda permitida la práctica no profesional de los deportes individuales que no requieran contacto con terceros, así como los paseos. Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo. No incluye la práctica de la pesca y caza deportiva.

En cuanto al deporte profesional, abren los centros de Alto Rendimiento, donde solo podrá acceder con los deportistas su entrenador. El entrenamiento será de carácter individual. En el caso de los clubes, podrán realizar entrenamientos en grupos de hasta 10 deportistas.
 

Turismo

Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas, con cita previa.

Los establecimientos no podrán anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que puedan provocar aglomeraciones de público.

Congresos científicos

Se podrán celebrar seminarios y congresos científicos o innovadores de hasta 30 asistentes, así como la reapertura gradual de instalaciones científico-técnicas.

Audiovisual

Se permite la realización de rodajes de obras audiovisuales. Se deberá reducir al mínimo el número de personas implicadas, siempre que sea posible se mantendrá la distancia mínima de seguridad o si no es posible, los profesionales deberán llevar protecciones. 

Se podrán realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento.

Espectáculos culturales

No se deberá superar el tercio del aforo. Si se realiza en espacios cerrados no podrá haber más de treinta personas en total y, si son al aire libre, el aforo máximo será de doscientas personas.

Te puede interesar