El Tribunal Supremo afirma que Griñán conocía la ilegalidad de los ERE

Fotografías de los expresidentes de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (i) y Manuel Chaves (d).
photo_camera Fotografías de los expresidentes de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (i) y Manuel Chaves (d).

El Tribunal Supremo ha asegurado que José Antonio Griñán, el expresidente de la Junta de Andalucía, tenía "conocimiento de la ilegalidad" del criterio seguido con los ERE al tiempo que ha destacado su "pasividad" ante el "despilfarro y la arbitrariedad" con la que se concedieron las ayudas. Así consta en la sentencia de 1205 folios que se ha dado a conocer este miércoles.

Con esto, se ha confirmado la condena a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el uso irregular de las subvenciones autonómicas para los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE).

En la resolución consta que se mantiene la pena de 9 años de inhabilitación por prevaricación para Chaves. Para Griñán, por su parte, se confirman los 6 años de cárcel por prevaricación y malversación, aunque su familia ya ha presentado la petición de indulto ante el Ministerio de Justicia.

El tribunal ha concluido que Griñán "tenía un papel central en la elaboración y aprobación de las normas presupuestarias por consecuencia de las competencias asignadas a sus cargos". "Es razonable presumir un alto nivel de conocimiento de estas normas así como de los problemas que pudieran suscitarse en la elaboración de los instrumentos presupuestarios", añade el fallo.

Tres absueltos

Al margen de las respuestas a Chaves y Griñán, el Supremo ha estimado totalmente tres recursos de casación y ha acordado absolver del delito continuado de prevaricación administrativa a los ex secretarios generales técnicos de la Consejería de Empleo Javier Aguado, Juan Francisco Sánchez y Lourdes Medina. Los dos primeros fueron condenados a 9 años de inhabilitación especial, mientras que ella recibió la misma pena en la cuantía de 8 años, 6 meses y 1 día.

El tribunal, además, ha estimado parcialmente el recurso formulado por el ex director general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez, condenándole por malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa, pero apreciando la atenuante de reparación del daño. Así, su pena pasa de 7 años de cárcel y 18 de inhabilitación absoluta a 3 años de prisión, otros tantos de inhabilitación especial para el ejercicio del sufragio pasivo y 7 años y 6 meses de inhabilitación absoluta.

El Supremo también ha ratificado las restantes condenas, incluidas las de ocho ex altos cargos de la Junta de Andalucía que recibieron penas de cárcel que oscilaban entre los 6 y los 8 años de prisión dentro de la pieza política del `caso ERE`.

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