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Lo anticipaba ayer el presidente de la Xunta y lo ha confirmado esta mañana el conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña. El subcomité clínico, en su reunión, ha aprobado la obligación del certificado covid para visitar a los ingresados en los hospitales gallegos. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia tendrá que validar esta decisión antes de su entrada en vigor. Una medida que se toma ante la subida de la incidencia del virus en la comunidad. "Estamos en una buena situación, pero preocupa la evolución", señalaba Feijóo tras el Consello de la Xunta.
Es la principal medida tomada por el momento por la Xunta. Un certificado covid que se podría pedir en otros ámbitos, como ha destacado Comesaña. "Estamos estudiándolo. Por el momento solo se contempla hacerlo dentro del ámbito sanitario". El subcomité clínico también ha tomado la decisión de realizar cribados quincenales a trabajadores sanitarios que no aporten el certificado de vacunación. “Vamos a estudiar pedirlo en otros entornos, está el subcomité estudiando las posibilidades, y también se van a hacer cribados quincenales entre aquellos trabajadores que no estén vacunados, que no aporten ese certificado de vacunación”, dijo a los medios de comunicación.
"Insistir, dada la situación, en mantener la prudencia. Estamos detectando brotes familiares, pero también en fiestas o cenas. Tenemos por delante la Navidad y tenemos que mantener el 'sentidiño' del que siempre hablamos", apuntó el responsable de Sanidade.
Recordó además que "los brotes en Galicia ya no son importados, ya son autóctonos. Hay transmisión comunitaria. Están dispersos por la comunidad, con mayor concentración en la provincia de Ourense".
Comesaña volvió a insistir en el mensaje que repiten las autoridades sanitarias: "animar a los que no se vacunaron todavía, a pesar del gran porcentaje de gallegos y gallegas vacunados ya".
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta prorrogar la exigencia de la presentación del certificado covid-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para acceder a todos los locales de ocio nocturno de la comunidad autónoma, que cuentan con un aforo del 100 %. Los magistrados han tenido en cuenta un informe técnico del 9 de noviembre que refleja la mejoría de la situación epidemiológica actual con respecto a fechas anteriores, pero subraya que ello “no evita la persistencia de la circulación del virus y, por consiguiente, el riesgo de su transmisión, especialmente en los establecimientos de ocio nocturno”. Además, según consta en el auto, en ese documento “se significan los beneficios indirectos que la exigencia del pasaporte COVID-19 producirá en la población que tiene mayor reticencia a vacunarse, circunstancia que se pretende neutralizar mediante la su exigencia en todo tipo de establecimientos de ocio nocturno, lo que podrá ayudar a alcanzar la inmunidad poblacional”.
El TSXG ha subrayado que la medida “no es de aplicación general o indiscriminada”, sino que solo se dirige al ocio nocturno, una actividad “que se desarrolla en espacios en los que resulta dificultoso renovar el aire de forma natural, con la consiguiente facilidad de que se transmita el virus por vía aerógena, según se acredita en los rigurosos estudios científicos a los que se refiere el informe de 9 de noviembre”.
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