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El Concello de Ourense acordó recurrir la sentencia que abría la puerta a legalizar el inmueble de planta baja y seis alturas junto a la iglesia de los franciscanos, en el parque de San Lázaro, y que anula el decreto municipal firmado en su día por el edil de Urbanismo José Cudeiro, ordenando la demolición parcial.
El recurso del Concello alarga el procedimiento e impide abordar la legalización (o no) del mismo para entregar el edificio y posibilitar la venta de los pisos aún no vendidos tras una inversión de cuatro millones de euros. La jueza ordenó retrotraer el procedimiento de reposición de la legalidad urbanística al momento previo a dicho decreto (que marcaba como ilegales los voladizos del edificio).
El decreto se amparaba en las irregularidades en la fachada que da a la calle Cardenal Quevedo porque se apartó del proyecto inicial al ejecutarse ventanales en toda su extensión que no figuraban en la licencia en su día concedida. La jueza del Contencioso número 1 estimó parcialmente el recurso interpuesto por el constructor contra el decreto en su día firmado por el edil de Urbanismo del PP. El fallo lo anula y ordena que se retrotraiga para verificar si las obras son susceptibles de legalización y, con base en ello, se dicte una nueva resolución en la que el constructor, en el plazo de tres meses, presente la licencia de las obras que sean legalizables.
De hecho, el constructor, Benito López González, mantiene que en todo caso sus variaciones, sean sustanciales o no, se ajustan al Plan Xeral de Ordenación Municipal vigente (1986), y es similar al de otras edificaciones que recibieron licencia con base a dicho planeamiento, por lo que tienen derecho a ser legalizadas, algo que ahora ordena estudiar la jueza.
Este asunto colea desde 2019 con varios frentes judiciales y que llegó a requerir una comisión de investigación municipal por la desaparición de 14 folios del expediente, como denunció el promotor. Dicha comisión de investigación se cerró ciñendo la pérdida a un “error humano”.
En un primer momento, el Concello denegó el documento de fin de obra por introducir cambios en la licencia inicial, sin entrar a valorar si eran legalizables o no, exigiendo un nuevo proyecto completo de modificado de la primigenia licencia que contemplase todo el edificio. A partir de ahí, se judicializó el asunto al serle denegada la licencia de ocupación (el TSXG dio la razón al Concello), además de incoarse un expediente de disciplina urbanística por realizar variaciones sin licencia en el que se acordó la demolición. Esta es la segunda ocasión que el Concello recurre en este frente judicial, ya que también lo habían presentado, sin éxito, contra las medidas cautelares solicitadas entonces por el constructor.
A efectos prácticos, ahora quedó sin efecto la orden de demolición para la que se pidieron medidas cautelares y si el TSXG no atiende el recurso del Concello, deberá informarse sobre la legalidad o no de los voladizos, y podrían abrirse nuevos frentes judiciales por los daños causados.
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