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Cabezas y Campo continuarán investigados por prevaricación y malversación

La instructora en marzo del pasado año ya había adoptado esa misma resolución pero tuvo en cuenta el recurso de reforma del entonces fiscal jefe, Florentino Delgado

La jueza de Instrucción 3, Eva Armesto, en un auto de 32 folios considera que el caso del 10%, el supuesto trato de favor del Concello de Ourense a promotores al no exigirles parte del suelo donde edificaban entre 1999 y 2003, debe continuar para el exalcalde Manuel Cabezas y el exedil Ricardo Campo por los supuesto delitos de prevaricación y malversación agravada (el erario se vio privado de 1,6 millones de euros). Por segunda vez, da por concluida la instrucción e insta a la fiscal y a la acusación particular -la exedil de Urbanismo del PSOE Aurea Soto- para que soliciten la apertura del juicio oral, formulando acusación o el sobreseimiento. El auto admite recurso de reforma ante la jueza y apelación ante la Audiencia.

La instructora en marzo del pasado año ya había adoptado esa misma resolución pero tuvo en cuenta el recurso de reforma del entonces fiscal jefe, Florentino Delgado, quien no veía delito en la actuación de Cabezas, para investigar a los concejales del PP que integraban la junta de gobierno. Ahora, la jueza no ve delito en el caso de cuatro exconcejales. Así, acuerda el sobreseimiento con respecto a Francisco Javier Rodríguez Novoa, José Luis Rodríguez, Belén Girón y Francisco Muñoz. En el caso de Enrique Novoa (edil de Urbanismo en 2003), la togada dice que los delitos estarían prescritos.

Los dos investigados -dice la jueza- aprobaron algunos proyectos de compensación sin exigir el 10% del aprovechamiento exigido por la Ley gallega de 1997 y la Ley de 13 de abril de 1988 y que conforme a la legislación debían formar parte del patrimonio municipal. "Todo ello sin una argumentación técnico jurídica mínimamente razonable, desbordando la legalidad", asegura Armesto.  "Todo ello integra -añade- una deviación o torcimiento del derecho de manera grosera, clara y evidente". Según recalca, "tenían el deber de adecuar su actuación al ordenamiento jurídico". 

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