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“Grooming” en Ourense: por Instagram a un niño de 13 años

Denis E.F.S., ayer en la sala de vistas del Juzgado Penal 1.
photo_camera Denis E.F.S., ayer en la sala de vistas del Juzgado Penal 1.
El inculpado por "grooming" le remitió y solicitó fotos de contenido sexual y hasta quiso quedar con la víctima

Un proceso penal por utilización de menores con fines pornográficos (conocido popularmente como gromming)  le ha valido a Denis E.F.S., de 23 años, una condena de un año de cárcel que podrá sustituir por  72 días de trabajos comunitarios si no desea ingresar en prisión. Tampoco podrá trabajar con menores en un plazo de cinco años y añadirá tres años de libertad vigilada.

El inculpado admitió el contenido del escrito de acusación de la fiscal, quien redujo la petición inicial de condena (dos años y nueve meses de cárcel). Pero lo más importante es que no será expulsado del país durante seis años, tal como reclamaba el Ministerio Fiscal en un primer momento. Denis es oriundo de Venezuela.

A través de Instagram

Los hechos por los que fue inculpado sucedieron el 25 de enero de 2021 a través de la red social Instagram. Contactó con un menor de 13 años con la finalidad -recoge la sentencia de conformidad “de satisfacer sus más bajos y denostados instintos sexuales”. Solicitó a la víctima fotos en calzoncillos y vídeos en los que se le viera masturbarse. El acusado, a cambio, le envió fotos sexis y vídeos al tiempo que trató de cerrar una cita. Entre los mensajes aparece este: “¿Podemos quedar un día y te la como? y otros en los que trató de persuadirlo: ”No te rayes por eso, es solo una foto, que veré y se borrará”.

El menor llegó a remitirle una foto en la que aparecía en ropa interior, pero ningún vídeo.

Dos delitos

La fiscal acusó al denunciado de grooming (artículo 183 ter 2º): cuando un adulto contacta con un menor de 16 años a través de internet, con el objetivo de entablar una relación de confianza y engatusarle para obtener algún tipo de beneficio sexual: bien para que le facilite material pornográfico o que le muestre imágenes sexuales en las que aparezca el menor. La persona que comete el delito se convierte en groomer o acosador sexual.  

También fue acusado de exhibicionsismo y provocación sexual ya que le envió fotos  pornográficas.

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