El juez tumba la petición de Jácome y permite la difusión de los audios

Concello de Ourense.
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El magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense ha denegado las medidas cautelares solicitadas el viernes por el alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome contra el diario La Voz de Galicia. El juez dictamina que Jácome no ha aportado "el más minimo indicio" de que los audios tengan una procedencia ilícita

La Justicia avala la publicación de los audios que ligan al alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, con posibles prácticas irregulares relacionadas con la corrupción política y frustra el intento del regidor de censurarlos al no haber aportado “ningún tipo de indicio de ilegalidad” en la obtención de las grabaciones. 

El alcalde había demandado este viernes que, de manera urgente, se ordenase la prohibición de la difusión en medios de comunicación y en redes sociales “de todo ámbito territorial” de cualquier otro audio que pudiera existir por el “daño irreparable” que podía causarle, pero no discutía el contenido de los mismos.  Sin embargo, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, en funciones de guardia, denegó las medidas cautelares solicitadas por el alcalde en una denuncia por revelación de secretos presentada contra el diario La Voz de Galicia. Previamente, ya el lunes, había presentado otra al diario La Región, pendiente de incoar.

Retirada total

En la solicitud que ha denegado el juez, Jácome demandaba que, de manera urgente, se ordenase la retirada provisional de la edición electrónica e impresa de los contenidos informativos publicados por La Voz de Galicia, así como la prohibición de publicación de más audios en todo tipo de medios de comunicación  y redes sociales de  cualquier territorio.

También pedía que se le exigiese al diario que entregase en el juzgado “los soportes originales y todas las copias de que disponga de grabaciones de audio en relación con los hechos objeto de la denuncia”, así como la prohibición de difusión en medios de comunicación y redes sociales de cualquier “otro material y/o audios que hipotéticamente pudiesen existir”.

Sin pruebas

El auto judicial denegó la demanda del alcalde al no aportar “el más mínimo indicio” que pueda demostrar que los audios publicados hasta la fecha tengan una “procedencia ilícita”. El magistrado señala que solo existe la “sospecha” del denunciante de que las grabaciones, “cuyo contenido no se discute” -el denunciante solo denuncia la difusión, no el contenido-, de una “ilegalidad” en la serie de grabaciones que sacó a la luz La Región.

Derecho a la información

El juez apunta que prevalece el derecho a informar en este momento, independientemente del resultado que arroje el desarrollo de la instrucción del procedimiento. Además, recuerda que el solicitante debería haber depositado una fianza para pedir que se censurase temporalmente la publicación de los audios, dado que Jácome no ofreció  “ni la más mínima cantidad” en concepto de caución para responder a los perjuicios que podría haberse derivado de dicha medida cautelar.   

En cuanto a la práctica de las diligencias de investigación interesadas en el escrito de denuncia, el juez señala en el auto que es “una cuestión a resolver por el órgano judicial competente para el conocimiento de la presente instrucción y, por lo tanto, exceden de las competencias atribuidas a un juzgado en funciones de guardia”.

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