En Galicia

Estas son las actividades que tendrán que cerrar en 60 concellos gallegos y las excepciones

La zona de los Vinos, con escaso movimiento.  (ÓSCAR PINAL).
photo_camera La zona de los Vinos, con escaso movimiento. (ÓSCAR PINAL).
El DOG publicó la orden en la que se decreta el cierre de las actividades no esenciales a partir del próximo viernes 7 a las 00,00 horas

El presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, explicó que las actividades no esenciales estarán cerradas en 60 concellos gallegos desde este la medianoche del viernes 7 de noviembre a partir de las 00,00 horas. En el DOG se indican que las medidas se extenderán hasta el 4 de diciembre a las 15,00 horas, excepto en Carballiño que ya están en vigor. Las restricciones, según Sanidade se irán analizando según avance la situación epidemiológica de la comunidad. En el documento se indican cuáles son las actividades que tendrán que cerrar: 

Locales de hostelería

  • Restaurantes
  • Bares
  • Cafeterías 
  • Salones de banquetes

Los locales de restauración podrán prestar servicios de entrega a domicilio o para recoger en el local. Los clientes y empleados deberán mantener la distancia de seguridad establecida para evitar posibles contagios. Además, los locales de restauración de los centros sanitarios podrán mantener su actividad, pero no podrán superar el 50% de su capacidad. 

Establecimientos de ocio

  • Salas de fiestas
  • Discotecas
  • Pubs
  • Cafés-espectáculo
  • Furanchos
  • Centros de ocio infantil

Establecimientos de juego

  • Casinos
  • Salas de bingo
  • Salas de juego
  • Locales de apuestas

Locales para actividades deportivas

  • Pistas de patinaje
  • Piscinas recreativas de uso colectivo

Cultura

  • Salas de conciertos

Establecimientos para atracciones y juegos recreativos

  • Parques de atracciones y temáticos
  • Parques acuáticos
  • Salones recreativos
  • Parques multiocio

Espectáculos públicos: 

  • Taurinos
  • Circenses
  • De feria y de exhibición
  • Pirotécnicos

Actividades recreativas: 

  • Culturales y sociales
  • Ocio y entretenimiento
  • Atracciones recreativas
  • Actividades de restauración
  • Actividades zoológicas, botánicas y geológicas

Establecimientos abiertos al público

  • Locales de espectáculos públicos
  • Circos
  • Plazas de toros
  • Recintos feriales

El texto también indica cuáles son las excepciones a estas limitaciones. Por lo tanto, las actividades que sí podrán permanecer abiertas al público son las siguientes: 

Cultura

  • Cine
  • Teatro
  • Auditorios
  • Museos
  • Bibliotecas
  • Salas de conferencias
  • Salas polivalentes

Establecimientos de actividades deportivas

  • Estadios
  • Pabellones deportivos
  • Recintos deportivos
  • Piscinas de competición

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