TRIBUNALES / OURENSE

Suspendido el juicio por el accidente en una atracción de feria en 1999 por la incomparecencia de un acusado

El denunciado, que alegó un ingreso en urgencias, está acusado junto a otro empresario por varios delitos en relación a la caída de dos operarios en el montaje del 'Castillo Diabólico'

El Juzgado de lo Penal de Ourense ha suspendido este miércoles el juicio contra dos empresarios en relación con el accidente laboral sufrido por dos trabajadores que montaban la atracción 'Castillo Diabólico' en las fiestas del barrio de A Ponte, en el verano de 1999. La suspensión se debe a la incomparecencia de uno de los acusados, que alegó un ingreso en urgencias en Mallorca, en la tarde del lunes.

El juicio ya había sido suspendido en otra ocasión anterior por fallos en la notificación a los acusados y después de la incomparecencia de este miércoles, las partes fueron citadas para el día 3 de julio para la celebración del juicio. La jueza reclamó la justificación por escrito de la incomparecencia de Francisco Javier C.C..

En la sala del juicio se conectó por video conferencia con la Audiencia de Alicante para que el otro acusado, Francisco C.C., explicase que su hijo había ingresado en urgencias en Mallorca.

Ambos acusados, según el escrito de los denunciantes, "contrataron de forma verbal" en julio de 1999, a tres trabajadores "sin formalización de contrato por escrito ni darlos de alta en la Seguridad Social", según figura además en el informe de la Inspección de Trabajo.

Los tres trabajaron en el montaje de la atracción llamada Castillo Diabólico de las fiestas del Puente en Ourense y uno de ellos ya venía desde Gijón en el camión de la atracción para trabajar en su montaje y desmontaje, "por 21 euros al día además de la cama".

Los acusados "ordenaron" a los dos denunciantes y al tercer trabajador, subir sin ningún tipo de protección individual ni colectiva, al trailer de la atracción y ante la negativa inicial, les "obligaron" aprovechándose "del estado de necesidad de los trabajadores", señalan.

Durante el trabajo de montaje, dos trabajadores cayeron desde una altura superior a los cinco metros --según consta también en el informe de inspección laboral-- al romperse una argolla que sujetaba un tejado en proceso de colocación. La causa directa del accidente fue la rotura de esa anilla de sujeción y "la realización de trabajos en altura sin adecuadas medidas de protección", según los denunciantes.

ONCE AÑOS DE PRISIÓN

Los empresarios fueron sancionados por no tener a los trabajadores de alta en la Seguridad Social ni haber cotizado por ellos y por infringir de forma "muy grave" los derechos y libertades de los extranjeros en España, pues uno de los heridos es de nacionalidad búlgara, según el escrito de la acusación.

La inspección laboral informó, asimismo, de una tercera infracción, en relación al incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, en suspenso hasta que haya resolución judicial tras la denuncia de los trabajadores heridos.

En la vía penal, la acusación pide un total de once años de prisión para cada acusado por dos delitos de lesiones --uno por cada accidentado--, delitos contra los derechos de los trabajadores y delito contra derechos de los extranjeros en España.

Los denunciantes detallan que el accidente laboral causó al trabajador extranjero fracturas de una vértebra lumbar, tobillo, talón y hueso del pie, lesiones en el oído derecho y desplazamiento de varias vértebras de la zona lumbar.

El denunciante, natural de A Coruña, sufrió fracturas en varios huesos del cráneo, traumatismo en un ojo y en un riñón, fractura del brazo derecho y shock traumático, que le causaron ceguera de un ojo y pérdida de visión en el otro, además de incapacidad para la actividad laboral.

EL FISCAL NO ACUSA

La causa no cuenta con acusación pública, pues la Fiscalía de Ourense estimó que los posibles delitos prescribieron, aunque la Audiencia Provincial dictaminó, en un auto de junio de 2009, que no hay motivo de prescripción.

En un escrito de la Fiscalía de octubre de 2011 argumenta que, a la vista del informe de la Inspección Provincial de Trabajo, "el accidente merecería, en todo caso, reproche de falta" por lo que determinó no formular acusación, "con independencia de las resoluciones de la Audiencia provincial, cuyo criterio no se comparte".

Fuentes jurídicas explicaron a Europa Press que esta causa tuvo una fase de instrucción de doce años y ya se fijó fecha de juicio en al menos tres ocasiones, con una suspensión por fallos en la notificación a las partes y otra este martes, por ingreso hospitalario urgente de uno de los acusados, pendiente de justificar.

La jueza advirtió al padre del ingresado, que deberá presentar justificación por escrito o el empresario será declarado en busca y captura, para la sesión fijada para el mes de julio, cuando se cumplan los 16 años de los hechos juzgados.

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