El fiscal reclamaba 20 años de prisión para la acusada, vecina de A Rúa, quien compartió vivienda con la víctima

Tres años de cárcel por agredir a su compañero y prender fuego a la casa

La procesada, Beatriz Fernández Barba, el día del juicio. (Foto: MIGUEL ÁNGEL)
La Audiencia de Ourense condenó a Beatriz Fernández Barba, juzgada el pasado 7 de abril por agredir con una navaja a su excompañero de vivienda, M.C.E., y prender con posterioridad fuego en su casa, a un total de tres años de prisión.
El fallo judicial, conocido ayer, considera probado que la acusada, de 28 años y vecina de A Rúa, el 8 de junio del 2005, sobre las 3.30 horas, se presentó en el domicilio de M.C.E., ya fallecido, quien le reclamó a la encausada 20 euros que le debía. En ese momento, 'se inició una discusión entre ambos, sacando Beatriz una navaja del bolsillo con la que agredió a la víctima en la cara y en el pecho', reza el fallo.

La sentencia, que admite la posibilidad de interponer un recurso de casación, recoge también que, tras la agresión, 'la acusada cogió un mechero que llevaba consigo y quemó varios papeles de periódico, esparciéndolos por el suelo en presencia, incluso, de los agentes'. El día del juicio, el Ministerio Público reclamó un total de 20 años y un mes de cárcel para la acusada al imputarle otro fuego ocurrido en la vivienda seis días después, mientras M.C.E. dormía. La acusación pública estimó en la vista oral que, en este segundo episodio, la procesada cometió un delito de quebrantamiento de condena, ya que le había sido prohibido aproximarse a la víctima tras el primer incidente. El fallo judicial, no obstante, valora que este segundo fuego 'se produjo pero que no queda acreditado que fuese la procesada la autora'. Por ello, el tribunal concluye que no queda probado el delito continuado de incendio ni tampoco, por tanto, el incumplimiento de la medida cautelar. La sentencia tiene en cuenta, además, que 'ni era la intención de la acusada la de incendiar la casa, ni las condiciones eran aptas para causar un peligro para la vida', tal y como sugería el fiscal. Por estas apreciaciones, el fallo considera a la encausada como autora de un delito de lesiones y otro de daños. La condena a dos años de cárcel por el primero y a uno por el segundo.

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