El fallo del Penal está pendiente de apelación desde el mes de diciembre

La Audiencia niega una nueva vista oral a Samaca

Los cinco detenidos por el caso Samaca. (Foto: Xesús Fariñas)
La sala segunda de la Audiencia provincial desestimó la solicitud de los cinco condenados por el Juzgado de lo Penal 2 de Ourense en relación al caso Samaca, interesados en que el órgano colegiado celebrase una nueva vista oral. El recurso de apelación presentado ante la Audiencia, tras un fallo que los condenaba por un delito de fraude a la Hacienda Pública, incluía la petición de una nueva vista oral así como la revisión de pruebas en segunda instancia. La Audiencia no ha accedió ni a una circunstancia ni a la otra, de modo que llegado el momento emitirá sentencia sin más.
El fallo del magistrado del Juzgado de lo Penal 2 condenó el pasado mes de diciembre a Rogelio López, Juan Carlos González, Antonio Silva, Martín Domínguez y David Arias, representantes legales de Samaca, Gonta, Galir, La Tranquila y Pivasa respectivamente. Cinco empresas integradas, a su vez, en el Grupo Samaca. A Rogelio López, aplicada la atenuante de confesión, se le imponía una pena de dos años y nueve meses de prisión, una multa de 558.517 euros y la inhabilitación para el ejercicio de la actividad empresarial como cargo de dirección, durante dos años y nueve meses. Para el resto de acusados la pena fue de dos años y medio de cárcel, otros tantos de inhabilitación y multa de 558.517 euros. Samaca, por su parte, tenía que indemnizar a Hacienda con 186.172 euros.

Desestimada la prescripción del delito, como alegaron las defensas, el fallo consideraba acreditado que en el año 1996, Rogelio López 'ideó' un plan para eludir los impuestos derivados de las ventas a una empresa alemana que Samaca -en tanto que comercializadora- hacía de la pizarra que le suministraban Gonta, Galir, La Tranquila y Pivasa. Para ello, solicitó los servicios de su cuñado, Manuel Luaces, que puso a su disposición una cuenta bancaria. A ésta fueron a parar 653.761 euros, pese a que Luaces carecía de actividad profesional que justificase estas cifras. Es decir, 'practicada la liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente, se obtiene que la cuota no ingresada y por tanto defraudada por parte de Samaca asciende a 186.172 euros' recoge la sentencia. La estrategia de las defensas durante la vista oral había pasado por sostener que las ventas de pizarra a Alemania la habían hecho directamente, y nunca a través de Samaca, las cuatro empresas extractoras, lo que permitiría que la cifra defraudada, al dividirse, no superase los 120.000 que marcan la frontera entre la infracción administrativa y el delitofiscal. El magistrado lo descartó.

Conocido el fallo judicial, Rogelio López se mostró confiado en que el recurso que sus letrados presentarían ante la Audiencia corregiría una sentencia que consideró 'injusta'.

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