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Entiende que actuó con 'absoluto desprecio' a la legalidad por construir un polideportivo en un espacio protegido
El fallo, del que fue ponente la magistrada Ana María del Carmen Blanco Arce, reconoce, tal como sostenía la fiscal y la acusación particular que dirigió el letrado Javier Calvo, que actuó 'con absoluto desprecio' a los controles de legalidad por parte de los organismos públicos cuando en octubre de 2004 autorizó la construcción de un polideportivo municipal en el área de protección del Monasterio Santa María de Melón, que tiene la consideración de Bien de Interés Cultural (BIC) y en suelo rústico (posteriormente se comprobó que la obra tampoco respetaba la parcela mínima exigida ni el debido retranqueo). Y ello pese al reparo formulado por el secretario de ese Concello, advirtiéndole que faltaba la autorización de Política Territorial (septiembre 2004). De hecho, aunque intentó legalizarla e interrumpió la construcción unos meses, desoyó a la Delegación de Cultura. Incluso consta un decreto de la alcaldía paralizando el pabellón, pero no se lleva a efecto hasta su finalización.
La sala no comparte el argumento de la primera sentencia absolutoria conforme a que el alcalde ignoraba que se apartaba de la legalidad por carecer de formación urbanística. El fallo establece que Pardellas 'poseía un amplio conocimiento' (lo desgrana con varios ejemplos) y recuerda que su obligación 'es la de cerciorarse de que aquellas decisiones que tome se ajustan a la legalidad'.
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