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TRIBUNALES
Una mujer insultó y amenazó, entre junio y agosto de 2019, a otra enviándole cartas intimidatorias a su puesto de trabajo y colgando carteles por el municipio. Así lo reconoció la acusada en el juicio celebrado en el Penal 1 de Ourense.
Los hechos comenzaron el 26 de junio de 2019. A partir de ese día, la acusada envió, con intención de atemorizar e intimidar a la víctima, diversas cartas anónimas a la gasolinera en la que trabajaba, situada en la localidad de Cualedro. En ellas, se podían leer mensajes como “a ti fáltanche muitas por pagar por andar onde non debes, en calquera momento facémosche da cona unha praza de toros” o “vixía o coche porque voy a por il, solo hay que romper o cristal e facerlle o puente, na vida da miña prima non se mete ninguén, puta”.
Con la misma intención intimidatoria, colocó también carteles a lo largo del municipio y en la sucursal bancaria de Abanca con mensajes como “muerte a puta manada a España, falando do xefe, como puta que eres podes pasar de empleada a xefa, por certo sabes votar moi ben o gasoe sobre todo coa mangueira na man, coidado non che vaia revolver e prenda lume”; “tes os días contados pa recibir o teu castigo maldita puta, vigílate”; “vou a por ti maldita puta”; o “se ofrece chica para prostitución, preguntar por (el nombre de la víctima) en la gasolinera de Cualedro”.
Fáltanche muitas por pagar, en calquera momento facémosche da cona unha praza de toros
Por estos hechos, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Verín acordó en su momento una orden de alejamiento y la prohibición de comunicación entre la acusada y la víctima mientras no se diese por finalizado el procedimiento. El informe forense, del 15 de enero de 2020, consideró que la víctima pudo haber sufrido un cuadro de ansiedad y depresión como consecuencia de las amenazas hacia su integridad, a su vida y a la integridad de su hijo.
Antes de comenzar el juicio, la acusada reconoció los hechos, por lo que finalmente fue condenada a la pena de 12 meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, se le impusieron las costas procesales, incluidas las de la acusación particular en cuantía de 1.000 euros a pagar fraccionadamente en seis meses.
La acusada también deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Asimismo, se le concede a la condenada el beneficio de la suspensión de la pena de prisión siempre y cuando no vuelva a delinquir durante dos años y abone la responsabilidad civil.
Por otra parte, se dejan sin efecto las medidas cautelares dictadas por el juzgado verinés. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.
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