Condenado un guardia civil de Ourense por falsificar una denuncia a una conductora
SUSPENDIDO DE EMPLEO
Al guardia civil de Ourense le pedían 4 años y 6 meses de cárcel y al final la pena quedó en una multa
El acuerdo entre su abogada y la fiscal permitió a Jonatan R.V., guardia civil de profesión, esquivar la condena de prisión que pedía inicialmente el ministerio público por una falsa denuncia a una conductora. En ella, el acusado añadió la inexistente intervención de otro agente y aseguró que la mujer se había negado a identificarse y había manifestado “sodes tontos”, en plural, cuando él fue el único guardia interviniente. Por ello, fue condenado por la Audiencia Provincial al pago de una multa de 12 meses a razón de 7 euros diarios (2.520 euros) y la suspensión de empleo o cargo público durante un año.
Estos hechos se remontan al 15 de mayo de 2023. Sobre las 13,20 horas, el acusado dio el alto en Nogueira de Ramuin a un vehículo porque tenía la rueda poco hinchada. Ocho días después, al elaborar el acta de denuncia, indicó que la conductora se negó reiteradamente a identificarse y que dijo “sodes tontos”. Además, Jonatan R.V. escribió de su propia mano el número de cané profesional y la firma de un compañero, el cual no estuvo presente en la intervención, ya que estaba el acusado solo. Por ello, tampoco la conductora pudo manifestar la expresión recogida, ya que es en plural y junto a ella solo había un guardia.
Asimismo, la denuncia también recogió que los actuantes habían informado a la conductora de la infracción que había cometido, algo que nunca sucedió, al igual que tampoco se le entregó copia del acta. Sin embargo, la actuación del agente dio lugar a la incoación de un expediente sancionador, por el que se le impuso a la conductora una multa de 200 euros, quien pagó la mitad de esta cuantía al hacerlo durante el periodo voluntario de abono.
Por estos hechos, la Fiscalía solicitaba en su escrito de acusación que se le impusiese a Jonatan R.V. una pena de 4 años y 6 meses de prisión, una multa de 15 meses con una cuota diaria de 7 euros y la inhabilitación para el ejercicio profesional durante cuatro años. Sin embargo, redujo esta petición al contemplar que estos hechos se produjeron porque el acusado no adoptó las medidas más elementales de cautela.
Por ello, al tratarse de una falsedad por imprudencia grave la horquilla de penas se reduce considerablemente, contemplando el artículo 391 del Código Penal una multa de seis a doce meses y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.
Finalmente, Jonatan R.V. fue condenado a una multa de doce meses a razón de siete euros diarios y a la suspensión de empleo público durante un año. El escrito también contemplaba una indemnización de 100 euros a la conductora, la cuantía de la multa pagada, la cual el acusado ya abonó antes del juicio.
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