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La sección segunda de la Audiencia Provincial condenó a cuatro años y medio de prisión a Felisindo R.P., de 73 años, como autor de un delito de abuso sexual a su nieta menor de edad. Los hechos imputados sucedieron entre 2017 y 2018, cuando la menor tenía 6 años y se quedaba en casa de su abuelo a pasar algún fin de semana. El tribunal considera probada la versión de la nieta, quien aseguró que Felisindo la obligaba a tocarle el pene cuando acudía a su habitación con la excusa de acostarla y desearle buenas noches. De hecho, llegó a cogerle la mano para hacerlo cuando ella se negaba.
Los abusos, pese a repetirse en el tiempo, pasaban desapercibidos para la familia, ya que sucedían en el cuarto en el que dormía la niña, mientras la pareja del abuelo se encontraba en el salón viendo la televisión. “Aprovechó su situación familiar para satisfacer sus apetencias sexuales”, recoge la sentencia. El fallo judicial también considera acreditado que el condenado acariciaba el culo de la menor mientras la instaba a tocarle los genitales, tal y como relató su nieta. Los abusos se prolongaron hasta que la propia menor se negó a seguir quedándose a dormir en casa de su abuelo -alguna vez incluso llamó a la madre durante la noche para que la fuese a buscar-.
Años después, la menor comenzó a acudir a terapia psicológica, ya que presentaba síntomas ansiosos. Fue en una de las primeras sesiones donde contó, por primera vez, lo que su abuelo le había hecho. Los magistrados destacan la “coherencia interna” y la ausencia de contradicciones en el testimonio de la niña, tanto en la sede policial (en el momento de la denuncia) como en el posterior examen pericial, así como en su relato a la psicóloga y a su madre.
La sentencia señala la importancia de la verosimilitud del relato de la víctima en este tipo de delitos, ya que “es frecuente la realización de los hechos con carácter reservado, en espacios ajenos a la mirada de terceros”.
La Audiencia Provincial condenó a cuatro años y medio de prisión a Felisindo, además de prohibirle aproximarse a su nieta a menos de 500 metros en los cinco años posteriores a su puesta en libertad. Los magistrados también le impusieron cinco años de libertad vigilada y la inhabilitación de ejercer cualquier actividad con menores por un periodo de 20 años desde que ingrese en prisión.
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