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INSTITUCIÓN JURÍDICA
Preguntamos a dos abogados cuál es su opinión acerca de la figura del jurado popular.
Jorge Temes es el abogado ourensano con más experiencia en juicios con jurado: estuvo en seis y sumará el séptimo el próximo 18 de noviembre cuando se juzgue el crimen de Velle. “Soy decidido defensor del jurado popular”, asegura. Fundamenta su opinión en que el jurado es una institución de la justicia democrática que existe en todos los países avanzados.
“Hay que tener en cuenta que el tribunal del jurado es un tribunal de legos para decidir sobre la culpabilidad, pero la sentencia la pone un magistrado profesional, no es que los jurados tengan que dictar sentencia y acomodar los hechos a supuestos jurídicos, sino que ellos se pronuncian sobre hechos concretos y luego deciden sobre la culpabilidad o inocencia, pero la sentencia la redacta un profesional”, explica.
Al respecto, indica que el magistrado presidente tiene la potestad de que si el veredicto del jurado, antes de que se haga público, tiene alguna contradicción sobre los hechos, devolver el acta al jurado. “Vamos a suponer que le entrega el objeto de veredicto y los jurados lo hacen mal o no contestan a lo que se le pregunta, cuando le entregan el objeto de veredicto de vuelta al magistrado presidente se lo puede devolver y decirle: ‘Mire, tiene que rectificar esto”, aclara.
Para determinar la culpabilidad son necesarios siete votos en contra del acusado y para considerarlo inocente hacen falta cinco a favor. “Es una institución imprescindible en una justicia penal democrática”, afirma rotundamente Temes.
El abogado Juan Carlos González Iglesias es partidario de que el poder judicial sea impartido por los profesionales. “Al jurado popular siempre le cuesta más comprender determinadas figuras jurídicas y, sobre todo, valorar la prueba, especialmente cuando estamos hablando de indicios”, argumenta.
Por ello, se manifiesta en contra de la figura del jurado popular, máxime por los tipos de delitos que tiene atribuidos juzgar. “Suelen ser los casos más graves”, explica el profesional. Entre los procedimientos asignados al jurado están: homicidios, amenazas, omisión del deber del socorro, allanamiento de morada, cohecho, malversación de caudales públicos o tráfico de influencias.
En opinión de González es más fácil que un jurado condene a un acusado a que lo haga un magistrado. “Solo tienes que ver cuántas absoluciones hay, seguramente el porcentaje no supera el 5%”, señala. “El jurado popular se guía más por el sentimiento, por la impresión y menos por lo realmente jurídico”, explica González. Participó en un caso en el que hubo que repetir todo el juicio (el llamado crimen de la estricnina) por mandato del Tribunal Supremo porque el jurado tuvo en cuenta la confesión del inculpado a un agente de la Guardia Civil sin abogado presente.
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