La Liga acusa a 9 hosteleros de piratear la emisión del fútbol

La Fiscalía y la comercializadora de los derechos audiovisuales de los partidos piden penas de prisión

M. Sánchez

Publicado: 10 ago 2022 - 03:36 Actualizado: 10 ago 2022 - 07:59

Espectadores contemplan un partido de fútbol en un bar.
Espectadores contemplan un partido de fútbol en un bar.

A solo dos días de que el fútbol profesional inaugure el calendario de la temporada 2022/23, La Liga tiene cuentas pendientes en el ámbito judicial con nueve hosteleros de la ciudad a los que denunció en diciembre del año 2018 por la supuesta emisión de partidos en sus establecimientos sin pasar por caja: eludir el pago de las cuotas a la entidad concesionaria por difundir imágenes de los partidos a través de un decodificador.

El atestado por un delito contra la propiedad intelectual recayó en el Juzgado de Instrucción 1, que imputó a los ocho hosteleros que regentaban establecimientos en distintas calles: A Granxa, Peña Trevinca, avenida de Zamora, Doctor Fleming o Santa Teresita. El ministerio fiscal y la acusación particular acusan por lo mismo, añadiendo un delito contra el mercado y los consumidores. Reclaman penas de prisión (hasta dos años) y multas, además del comiso y destrucción de los objetos supuestamente utilizados para la comisión del delito. Sin olvidar que la parte denunciante reclama las indemnizaciones que pudieran corresponderle. En total, pide algo más de 6.000 euros así como la publicación de la sentencia en un periódico.

No en todos los casos denunciados, tal como comprobó la Policía Nacional en los registros de los establecimientos hosteleros, se utilizaba un decodificador. El letrado de la acusación particular mantiene que en ocasiones “la actividad consistía en la utilización de una aplicación en el teléfono móvil con conexión a internet ”. Este material permitía acceder a los canales y plataformas de pago que transmiten los partidos bajo un sistema de pago previa codificación de la imagen.

La Liga Nacional de Fútbol Profesional es la única concesionaria para la comercialización de los derechos audiovisuales del Campeonato de Primera y Segunda División y de la Copa de Su Majestad el Rey, aunque también tiene atribuidas las funciones de producción y realización de la grabación audiovisual. La emisión televisiva de los partidos se realiza bajo un servicio de pago y sobre la base de un acceso condicional como es la codificación de la señal audiovisual y, por ello, las emisiones legales se realizan a través de un canal concreto (Canal La Liga TV). Igualmente, tiene atribuidas las funciones de producción y grabación audiovisual tal como se acredita en la inscripción ante la Sociedad de servicios para los productores audiovisuales (EGEDA).

Según argumenta la acusación particular, ese canal es el único habilitado para los establecimientos públicos para emitir los partidos de la Champions League.

Los inculpados eluden responsabilidades y plantean la falta de legitimación de la denunciante. Algunos de ellos responsabilizan a las operadoras de telefonía por haber instalado en sus locales la fibra óptica y el decodificador “a sabiendas de que no podían hacerlo por el tipo de contrato suscrito (para particulares)”, sin ofrecer información al cliente sobre las circunstancias en que podía usar el servicio. Otros alegan que sólo emitían partidos de la Liga de Campeones y que la parte denunciante “no es titular de los derechos de propiedad intelectual”.

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