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TRIBUNALES
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado al Sergas a indemnizar con 300.000 euros a una paciente que sufrió una paraplejía tras realizarle una discectomía en el Complexo Hospitalario de Ourense. La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG condena al Servicio Galego de Saúde por el daño desproporcionado causado tras la intervención. La paciente permanece en silla de ruedas y es dependiente para la mayor parte de las actividades de su vida cotidiana.
La Sala ha estimado el recurso presentado por la afectada contra la la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Santiago de Compostela. La sentencia señala que el daño neurológico "se produce a nivel distante de donde se practicó la intervención quirúrgica y que, según informaron los peritos, es ajeno o extraño a la intervención efectuada”.
El documento señala que aunque "existen varias explicaciones dadas por los peritos" en relación a la causa del daño, "ninguna puede considerarse acreditada ni basada en datos objetivos, de modo que no dejan de ser hipótesis o posibilidades". El TSXG ha recalcado que la paciente entró en el quirófano con una "lumboaciatalgia izquierda y discreta debilidad proximal de esta extremidad inferior (fuerza 4/5) por una hernia discal alojada en el disco intervertebral L3-L4" y que en el postoperatorio, "al despertar de la anestesia general, se evidenció una lesión neurológica severa varias vértebras por encima de la zona intervenida”.
El TSXG considera la existencia de responsabilidad patrimonial de la administración en aplicación de la doctrina de daño desproporcionado. "Si la administración no es capaz de explicar por qué causas se produjo ese resultado tan llamativamente anómalo, habrá de asumir la responsabilidad", señala en la sentencia.
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