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La sentencia dictada ahora por la Audiencia, al igual que la emitida hace casi un año por el Juzgado Mercantil, impone el pago de las costas judiciales a los demandantes.
No obstante, contra el fallo de la Audiencia cabe la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, según recoge la sentencia.
La Audiencia Provincial de A Coruña 'confirma' así la sentencia que el Juzgado Mercantil dictó en febrero de 2012, en la que desestimaba 'íntegramente' la demanda de responsabilidad social que Martinsa presentó contra Jove en marzo de 2011, nada más emerger de su concurso de acreedores.
En dicha demanda, la compañía controlada y presidida por Fernando Martín reclamaba dicha cuantía a los exgestores de Fadesa por las 'decisiones y actuaciones presuntamente dolosas o negligentes' que, según denunciaron', tomaron.
En su sentencia, de 28 de diciembre de 2012, la Audiencia indica que 'no se ha justificado que se haya pagado un precio por encima del valor de mercado de Fadesa' y que 'no ha resultado probada la sobrevaloración de activos sobre la que se fundamenta la demanda'.
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