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Economía
Los contribuyentes podrán solicitar el borrador de la Declaración de la Renta 2022 a partir del próximo 6 de abril. A partir de ese día podrán saber si toca pagar o sale a devolver. Aunque muchos aún tienen dudas sobre qué hay que declarar y qué no. Es el caso de aquellas operaciones que se realizan a través de la plataforma Bizum, cada vez con más usuarios en nuestro país. ¿Hay que incluirlas en la declaración de la Renta del último ejercicio?
La Agencia Tributaria puede solicitar a los bancos las operaciones realizadas a través de esta aplicación y solicitar la información de los movimientos a través de ella. Aunque los ciudadanos no estarán obligados a declarar estas transacciones. ¿El motivo? La plataforma limita a 1.000 euros el importe máximo que se puede enviar a través de ellas. Sí habría que hacerlo en el caso de que la transacción superara los 10.000 euros, algo que no es posible a través de la aplicación. Sí tendrán que declararlo los restaurantes, comercios o profesionales que cobren su labor a través de esta plataforma. Deberán hacerlo como o venta o servicio.
En resumen, si un día se decide hacer un plan con amigos o familiares y se decide compartir gastos, el dinero enviado en Bizum para saldar las cuentas no es obligatorio registrarlo. En tal caso será la propia Agencia Tributaria la que solicite información sobre la transacción a la entidad bancaria.
A través de la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) y con varios métodos, todos ellos realmente intuitivos, para acceder a los datos personales.
Clave Pin, Reno o DNI Electrónico son las opciones para los contribuyentes, que dentro del apartado Renta 2021 de la web podrán modificar sus datos descargar el borrador e incluso presentar la declaración si están conforme con los datos que en ella figuran.
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