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El reformado Código Penal sube en tres años el límite e introduce un agravamiento de las penas
El borrador que irá a las Cortes prevé que 'el que realizare actos de carácter sexual con un menor de 16 años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años', según contempla el artículo 183.1 del nuevo Código Penal. Las penas se agravan (hasta posibles condenas de entre doce y quince años de cárcel) en función de factores como la existencia o no de violencia y el hecho de que el ataque incluya también la penetración a la víctima.
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Sin embargo, el nuevo código también prevé el supuesto 'del consentimiento libre del menor de 16 años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo cuando el autor sea una persona próxima a la víctima por edad y grado de desarrollo o de madurez'. Fuentes del Ministerio de Justicia confirman esta última redacción del borrador y la explican señalando que Naciones Unidas recomendó elevar la edad mínima de consentimiento, que en España era de las más bajas de nuestro entorno. El borrador de Código Penal incluye algunas medidas novedosas como el castigo con prisión a quienes 'a través de internet' u otras tecnologías de la comunicación contacten con un menor de 16 años y le propongan tener relaciones sexuales o traten de embaucarle para que facilite material pornográfico.
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