El Gobierno aprueba garantizar la sanidad pública a extranjeros sin residencia legal en España

UNIVERSALIDAD

El Consejo de Ministros aprueba un real decreto que garantiza el acceso a la sanidad pública a extranjeros sin residencia legal para reforzar la universalidad del sistema.

La ministra de Sanidad, Mónica García
La ministra de Sanidad, Mónica García | Europa Press (archivo)

El Consejo de Ministros de España ha aprobado este martes un real decreto que garantiza el acceso a la atención sanitaria pública a personas extranjeras que viven en España sin residencia legal, con el objetivo de reforzar la universalidad del sistema sanitario y eliminar barreras administrativas.

La norma, impulsada por el Ministerio de Sanidad de España y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, busca corregir los problemas de aplicación y la burocracia generados por el Real Decreto-ley 7/2018, aprobado durante el Gobierno de Pedro Sánchez para recuperar el acceso universal que había sido limitado por el Real Decreto-ley 16/2012 del Ejecutivo de Mariano Rajoy.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha defendido que la reforma convierte el acceso a la sanidad en la opción por defecto. “La sanidad pública es un derecho de todas las personas que viven en nuestro país”, afirmó.

Acceso inmediato con una declaración responsable

El nuevo real decreto simplifica los trámites para acceder al Sistema Nacional de Salud. Los solicitantes deberán presentar una declaración responsable en la que indiquen que no cuentan con cobertura sanitaria por otra vía ni pueden exportar ese derecho desde otro país.

La solicitud podrá presentarse directamente en centros de salud u hospitales, donde se entregará un documento provisional que permitirá acceder de forma inmediata a la asistencia sanitaria pública en cualquier comunidad autónoma.

Además, se exigirá acreditar la residencia en España. El empadronamiento será el documento preferente, aunque también se aceptarán otras pruebas como certificados de escolarización, informes de servicios sociales o facturas de suministros a nombre del solicitante.

La Administración dispondrá de tres meses para resolver la solicitud y, si no hay respuesta en ese plazo, se considerará aprobada por silencio administrativo.

Protección prioritaria para colectivos vulnerables

La norma garantiza el acceso inmediato a la sanidad pública para colectivos especialmente vulnerables sin necesidad de cumplir los requisitos anteriores. Entre ellos se incluyen:

  • Menores de edad
  • Mujeres embarazadas, con atención durante embarazo, parto y posparto
  • Víctimas de violencia de género, violencia sexual o trata

También se extiende el derecho a la asistencia sanitaria a solicitantes de protección internacional o temporal, así como a personas con discapacidad, que contarán con formatos accesibles y apoyo para realizar los trámites.

Españoles residentes en el extranjero

El decreto también amplía la cobertura sanitaria para españoles de origen que residen en el extranjero cuando se desplacen temporalmente a España, independientemente de que sean pensionistas o trabajadores, siempre que no dispongan de cobertura por convenios internacionales.

Cambios en el copago ortoprotésico

La norma introduce además modificaciones en el copago ortoprotésico para que las personas ya exentas del copago farmacéutico ambulatorio (como pensionistas con rentas bajas o personas con discapacidad) también queden automáticamente exentas del pago de estos productos.

El real decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, consolidando el principio de universalidad del sistema sanitario en España.

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