El juez cita a Errejón para notificarle que irá juicio por presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá

JUEZ CARRETERO

El exdiputado de Podemos es cita para informarle que se le abrirá un juicio oral por presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá

El exportavoz de Sumar en el Congreso, Íñigo Errejón, saliendo del juzgado.
El exportavoz de Sumar en el Congreso, Íñigo Errejón, saliendo del juzgado. | Europa Press

El exdirigente de Podemos, Iñigo Errejón, tendrá que acudir el próximo 17 de febrero a los juzgados tras la decisión del juez Adolfo Carretero de no archivar la causa contra el exdiputado por presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá en 2021.

El día 17 de febrero, Errejón será informado de que se le abrirá un juicio oral, cosa que iba a suceder el pasado martes pero el magistrado suspendió por "seguridad jurídica" la citación hasta que la actriz aclarase si renunciaba o no a seguir acusando al que fuera portavoz de Sumar.

Hay que recordar que días antes Mouliaá comunicó a través de redes sociales que que retiraba la acusación por sentirse sola sosteniendo todo pero tras darse a conocer que la Fiscalía solicitaba la absolución del Errejón, la actriz anunció que volvería a acusarlo.

En un auto, el magistrado dice que "no ha lugar al sobreseimiento" y confirma que tiene "por no ratificada" la renuncia de Mouliaá, que sigue "ostentando la figura de acusación particular en el presente procedimiento".

Sí hay indicios para el juez

En noviembre de 2025, cuando el instructor procesó a Errejón después de trece meses de investigación en los que tomó declaración al propio Errejón, a Mouliaá, a testigos y a psiquiatras, el juez consideró que "los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental".

La Fiscalía de Madrid, por su parte, pidió al juez que archivara la causa al considerar "insuficientes" los indicios. Además, en su escrito de conclusiones provisionales, solicitó la "libre absolución" de Errejón porque "los hechos no son constitutivos de delito".

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