Nueva Ley de Sordos en España: qué cambia a partir de este 23 de octubre y cuáles son las principales novedades
BATERÍA DE MEDIDAS
La actualización del marco normativo derivado de la Ley de personas sordas y de lengua de signos en España consolida este viernes 23 de octubre nuevas exigencias de accesibilidad universal, videointerpretación en LSE, adaptación de la atención a la clientela y refuerzo de recursos en la Administración pública para el colectivo con discapacidad auditiva y personas sordociegas
La normativa sobre los derechos de las personas con discapacidad auditiva da un paso decisivo en España. Con la referencia histórica de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, y el despliegue escalonado de las exigencias técnicas de accesibilidad y atención ciudadana, este viernes 23 de octubre entran en una nueva fase de obligado cumplimiento los estándares destinados a eliminar las barreras de comunicación tanto en el sector público como en el privado.
La reforma busca garantizar la autonomía personal de más de un millón de personas con algún tipo de pérdida auditiva o sordoceguera, exigiendo que la interacción con los servicios esenciales no dependa exclusivamente de canales de voz convencionales y reconociendo formalmente la Lengua de Signos Española (LSE) y las lenguas de signos autonómicas como vías vehiculares de pleno derecho.
Listado de las principales medidas y cambios normativos
- Atención a la clientela y canales no presenciales: Las empresas de servicios esenciales, operadoras de telecomunicaciones, suministros y banca están obligadas a ofrecer canales alternativos a la llamada telefónica tradicional. Deberán integrar de forma nativa herramientas de mensajería instantánea escrita y sistemas de videointerpretación en lengua de signos sin coste añadido para el usuario.
- Mostradores accesibles y bucles magnéticos: Los puntos de atención presencial de organismos oficiales y grandes entidades comerciales deben incorporar sistemas de bucle de inducción magnética, megafonía adaptada y señalética visual clara para personas usuarias de prótesis auditivas e implantes cocleares.
- Pleno acceso a servicios de emergencia (112 y 061): Se consolida la interoperabilidad de las aplicaciones de teleasistencia y urgencias, permitiendo alertar a policía, sanitarios o bomberos mediante geolocalización, texto predictivo accesible y comunicación bidireccional accesible para personas con problemas de habla o audición.
- Refuerzo en el sistema educativo: Las administraciones autonómicas deberán garantizar la dotación de intérpretes de LSE y mediadores comunicativos en las aulas, promoviendo modelos de enseñanza bilingüe (lengua oral y lengua de signos) para el alumnado que así lo requiera desde edades tempranas.
- Comunicaciones públicas y citas institucionales: Los actos institucionales, mensajes de alerta a la población y comparecencias oficiales de las Cortes Generales, asambleas autonómicas y ayuntamientos deberán incluir de forma obligatoria tanto subtitulado en directo como ventana con intérprete en lengua de signos.
- Entornos de transporte e información al viajero: Aeropuertos, estaciones de tren y estaciones marítimas deben emitir todas las notificaciones sobre retrasos, puertas de embarque o incidencias a través de paneles dinámicos y alertas textuales simultáneas, suprimiendo la exclusividad de los avisos por megafonía.
Con estas directrices, la legislación intensifica su régimen sancionador ante situaciones de discriminación por falta de adaptaciones técnicas, situando a España en consonancia con la directiva europea sobre accesibilidad de productos y servicios.
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