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SUBIDA DE 50 EUROS
El Ministerio de Hacienda ha confirmado este martes que los trabajadores que perciban el salario mínimo interprofesional (SMI) estarán obligados a tributar en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Esta medida llega tras la aprobación, por parte del Consejo de Ministros, de una subida de 50 euros en el SMI, situándolo en 1.184 euros mensuales en 14 pagas.
A pesar de esta decisión, desde Hacienda defienden que la mayor parte de los trabajadores que reciben el SMI seguirán sin sufrir retenciones en su nómina por concepto de IRPF.
Según explican, el impacto fiscal será reducido y afectará solo a una minoría de asalariados, quienes pagarán menos impuestos en comparación con el sistema vigente en la etapa del Partido Popular.
Cabe señalar que la posible exención fiscal para estos trabajadores no se incluyó en el real decreto que regula la subida del SMI, aprobado hoy por el Consejo de Ministros. Para que se implemente una exención, sería necesaria una norma específica del Ministerio de Hacienda, algo que no ha ocurrido en esta ocasión.
Este asunto ha generado tensiones dentro del propio Ejecutivo. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, había solicitado la exención del IRPF para los trabajadores con SMI, mientras que la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, instó públicamente a Díaz a hacer "pedagogía fiscal", argumentando que "todo no se resuelve con una bajada de impuestos".
Finalmente, el Ministerio de Hacienda ha impuesto su criterio, descartando una adaptación de la subida del SMI en relación con el IRPF, como sí ocurrió en años anteriores con este mismo Gobierno.
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