El Supremo limita el permiso por fuerza mayor a urgencias familiares y descarta que sustituya otros permisos

NO SIRVE PARA CUALQUIER NECESIDAD

La sentencia del Tribunal Supremo aclara que el permiso solo cubre urgencias por enfermedad o accidente y no sustituye otros derechos de conciliación

Fachada de la sede del Tribunal Supremo en una imagen de archivo.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo en una imagen de archivo. | Eduardo Parra

El Tribunal Supremo ha fijado los límites del permiso retribuido por fuerza mayor por motivos familiares, aclarando que no sirve para cualquier necesidad de conciliación, sino únicamente para urgencias derivadas de enfermedad o accidente que requieran la presencia inmediata del trabajador.

La sentencia, la STS 253/2026 de 11 de marzo, confirma el criterio de la Audiencia Nacional y establece que este permiso (recogido en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores) está pensado para situaciones imprevistas y de atención inmediata, no para acompañamientos médicos programados u otras gestiones habituales.

Urgencia real y límites claros

El alto tribunal subraya que el derecho solo se activa cuando concurren tres elementos: una situación familiar urgente, vinculada a enfermedad o accidente, y la necesidad indispensable de presencia inmediata. Además, limita su carácter retribuido a un máximo de cuatro días al año, aunque puedan disfrutarse por horas.

Frente a otras figuras, como el permiso de cinco días por hospitalización o enfermedad grave, el de fuerza mayor actúa como una respuesta rápida ante imprevistos, no como una solución de cuidado prolongado.

No elimina otros permisos

La resolución también rechaza que este permiso sustituya automáticamente a otros pactados en convenios o planes de igualdad. En concreto, mantiene vigentes permisos como el acompañamiento a consultas o pruebas médicas cuando no exista esa urgencia inmediata.

Eso sí, el Supremo advierte de que no pueden acumularse ambos permisos para un mismo supuesto: si encaja en el artículo 37.9, se aplica exclusivamente ese régimen.

Impacto en la conciliación

La sentencia introduce además una perspectiva de género, al considerar que mantener estos permisos diferenciados favorece la corresponsabilidad en los cuidados familiares, que siguen recayendo en mayor medida sobre las mujeres.

Con este fallo, el Tribunal Supremo establece un criterio clave para empresas y trabajadores, delimitando cuándo procede el permiso por fuerza mayor y evitando tanto su uso abusivo como su denegación injustificada.

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