El Supremo rechaza tomar medidas contra el decreto de creación de las universidades

AUTORIZACIÓN PREVIA

El Tribunal Supremo subraya que “no existe en este momento pronunciamiento jurisdiccional alguno que cuestione su validez" y rechaza tomar medidas contra el decreto de creación de las universidades

La ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant.
La ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant. | Ricardo Rubio

El Tribunal Supremo rechazó tomar medidas cautelares contra el real decreto de creación, reconocimiento y autorización de centros universitarios aprobado por el Gobierno. En uno de los autos, el Supremo deniega la solicitud de la Universidad de las Hespérides para suspender el decreto que establece que, durante los primeros cinco años de actividad, la creación de nuevas titulaciones requiere autorización previa de la comunidad autónoma o del Ministerio y un informe de la Conferencia General de Política Universitaria.

La universidad alegaba que “la limitación del número de solicitudes de verificación de nuevas titulaciones o modificaciones sustanciales de las mismas en modo alguno guarda relación con la calidad académica”. Además, defendía que la norma “no sólo no mejora la calidad, sino que la inmoviliza, ya que sustituye la calidad precedente por una lógica burocrática de cupos” y que “no se alinea con el principio de buena regulación, pues no es ni necesaria, ni proporcional, ni orientada al interés general”.

El Supremo subraya que “se trata de una disposición reglamentaria de carácter general, respecto de la cual no existe en este momento pronunciamiento jurisdiccional alguno que cuestione su validez, que ha sido dictada siguiendo el procedimiento legalmente establecido y que cuenta, asimismo, con el informe favorable del Consejo de Estado”. Otro recurso contencioso-administrativo solicitando medidas cautelares contra este real decreto fue presentado por cuatro universidades: CIS, Schiller, Saint Louis y Francisco Marroquín.

Calidad “segura” de los centros extranjeros

El Tribunal Supremo rechazó suspender el real decreto que obliga a los centros extranjeros a implementar sistemas internos de garantía de calidad en seis meses. Las universidades alegaron que el plazo era insuficiente. El Supremo señaló que la disposición tiene “un marcado carácter organizativo y procedimental” y que las medidas “no comportan una transformación material irreversible”. Además, las adaptaciones podrían revertirse fácilmente.

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