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RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA
La Asociación Empresarial de Mercadorías por Estrada de Galicia (Apetamcor) presentará una reclamación de nulidad por la vía administrativa de los dos reales decretos que prorrogaron la concesión de la AP-9 a Audasa, uno aprobado por el Gobierno de Felipe González en 1994 y otro por el de José María Aznar en el 2000.
Este sería el paso previo a recurrir ante el Tribunal Supremo (TS), tal y como ya anunció, por su parte, la Federación Galega de Transportes de Mercancías (Fegatramer). Sin embargo, Apetamcor considera que optar primero por la vía administrativa “podría ser más garantista”.
Así lo explicaron en una rueda de prensa ofrecida ayer en Santiago la secretaria general de Apetamcor, Myriam Otero; su gerente, Natalia Blanco; y el abogado Xoan Antón Pérez Lema, que lleva este proceso a la asociación de transportistas.
El recurso de este colectivo, que cuenta con unos 1.500 socios y más de 8.000 camiones, busca lograr que sea el Gobierno central el que, por iniciativa propia, declare la nulidad de ambos decretos a la vista de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del ultimátum que Bruselas hizo a España al respecto de la prórroga hasta 2048, es decir, la que aprobó Aznar.
Pérez Lema argumentó, en la línea de la jurisprudencia europea, que las dos prórrogas de la concesión a Audasa a cambio de una serie de actuaciones en la infraestructura supusieron “modificar sustancialmente el régimen concesional” y el proceso se abrió “sin concurrencia competitiva”, sin que otras empresas optasen a la licitación de esta concesión.
El jurista explicó que, pese a que esta prohibición legal fue incluida en directivas recientes, posteriores a los dos reales decretos de prórroga -1994 y 2000-, el TJUE dice que este precepto está en los tratados constituyentes ya no de la Unión Europea como se conoce hoy en día, sino de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y de la Comunidad Económica Europea (CEE), a la que España se ahdirió en 1986.
Pérez Lema añadió que, en caso de ampliaciones de la concesión por estos casos, “se puede presumir que va a haber más licitadores” aparte de Audasa. En este contexto, si no se hace un procedimiento abierto, “el TJUE considera que son nulas” estas prórrogas, tal y como ya resolvió en un asunto similar en Italia, en este caso en un servicio municipal de recogida de residuos. En base a todos estos argumentos, el abogado afirmó que la Administración General del Estado tiene la “obligación” de “limpiar los actos administrativos” que son nulos. Para ello, deberá seguir un procedimiento que pasaría por el Consejo de Estado
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