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Cómo comunicar una quema en Galicia: requisitos, plazos y duración del permiso
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La comunicación de quemas en Galicia es un trámite obligatorio para los particulares que necesitan eliminar restos agrícolas o forestales mediante el uso controlado del fuego. Este procedimiento forma parte del sistema de prevención regulado por la Xunta de Galicia para reducir el riesgo de incendios forestales y garantizar que las quemas se realicen bajo condiciones de seguridad y supervisión administrativa.
A través de este sistema, los ciudadanos deben notificar previamente determinadas quemas agrícolas o solicitar autorización en el caso de restos forestales amontonados, cumpliendo plazos, requisitos técnicos y limitaciones meteorológicas.
La Consellería do Medio Rural permite tramitar las comunicaciones previas necesarias para realizar quemas agrícolas.
Eso sí, la normativa establece que la comunicación debe presentarse con al menos dos días de antelación respecto a la fecha prevista. Por ejemplo, quienes registren hoy la solicitud podrán efectuar la quema a partir del tercer día, siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan.
Estas quemas deben corresponder exclusivamente a:
El solicitante debe declarar expresamente que cumple estas condiciones.
Los trámites pueden realizarse por dos vías:
En ambos casos, el solicitante deberá confirmar que se trata de material agrícola natural no peligroso. Si el trámite se hace por teléfono, esta declaración también deberá realizarse verbalmente.
Además de las comunicaciones agrícolas, también hay que tener en cuenta las solicitudes de autorización para la quema de restos forestales apilados.
A diferencia de las quemas agrícolas, en este caso sí es imprescindible contar con autorización administrativa previa, debido al mayor riesgo que conllevan este tipo de actuaciones.
Sin esa autorización expresa, la quema no puede llevarse a cabo.
Tanto las comunicaciones como las autorizaciones concedidas quedarán automáticamente sin efecto en jornadas con:
En estos casos, no se podrán realizar quemas aunque el trámite esté correctamente presentado.
Las comunicaciones y autorizaciones se gestionan conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, que regula las condiciones en las que pueden realizarse este tipo de quemas en la comunidad.
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