Los menores no pueden tomar desde este 7 de marzo bebidas energéticas

COMUNIDAD PIONERA

La prohibición, que equipara el vapeador al tabaco, sitúa esta ley gallega como pionera en España

Gómez Caamaño, este viernes en la Unidad de Atención a la Drogodependencia de Santiago.
Gómez Caamaño, este viernes en la Unidad de Atención a la Drogodependencia de Santiago. | C.S

“Aprobar esta ley es asumir que las adicciones no se combaten con indiferencia o estigmas, sino con compromiso, prevención y políticas valientes basadas en la evidencia”, resaltó el conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, en el Parlamento gallego tras la aprobación de la Ley de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas.

La norma, que sitúa a Galicia a la cabeza en la protección de la gente joven frente a las nuevas formas de adicción, según ha venido defendiendo la Xunta, fue publicada en el DOG del 7 de enero pasado, y entra en vigor hoy sábado marcando “un antes y un después” en la protección de la salud de los menores con la entrada en vigor de una de las leyes contra las adicciones más ambiciosas de Europa, en palabras del conselleiro ayer durante una visita a la Unidad de Atención a la Drogodependencia de Santiago de Compostela.

Con esta norma, las bebidas energéticas quedarán equiparadas al alcohol y los vapeadores al tabaco a nivel de restricciones y, por lo tanto, Galicia va a ser la primera comunidad de España en la que se prohíba la venta y consumo de estos productos a menores de edad.

La Xunta informa de que se convierte así en la primera Administración en elaborar una norma que abarca todos los riesgos de comportamiento para los menores de edad, incluidos productos emergentes. Aborda tanto adicciones con sustancias como sin sustancia (juego, tecnologías...) y combina la prevención, la promoción de la salud con el control de la oferta.

Informe 2025

Las medidas recogidas en la Ley se fundamentan en la evidencia científica y en resultados de la encuesta nacional Estudes elaborada por el Ministerio de Sanidade entre estudiantes de Secundaria.

Según los datos del informe de 2025, entre los 14 y los 18 años el 41,4 % de la infancia probó alguna vez los vapeadores. En concreto, el 40,3 % de las niñas y el 42,5 % de los niños. En cambio, el consumo de tabaco es notablemente inferior, con un 29,2 % en niñas y niños de 14 a 18 años. En el grupo de 14 a 16 años el consumo, tanto de vapeadores como de tabaco, es ligeramente mayor en las chicas.

Debido a que los cigarrillos electrónicos contienen elementos tóxicos aun sin tener nicotina, los legisladores acordaron incluír en el texto una prohibición expresa tanto de su venta como de su consumo por parte de menores.

Se amplía, además, la prohibición de fumar a los accesos de centros de la administración pública, centros educativos y sanitarios, en los que no se permite fumar, en un radio de 50 metros. Para reducir el número de fumadores pasivos, tampoco estará permitido fumar en las marquesinas de transporte público ni en las piscinas de uso público.

A finales de febrero, el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, dio su respaldo a la ley. “Galicia sigue a la vanguardia en salud pública con una norma en la que las bebidas energéticas se equiparan al alcohol y los vapeadores al tabaco” a nivel de restricciones, destacó

Límites a la venta, el consumo y los espacios para la publicidad

Las bebidas energéticas que contienen 32 mg. o más de cafeína por cada 100 ml. y otros ingredientes estimulantes equivalen aproximadamente a beber tres cafés, lo que se considera excesivo para menores. En su caso, ingestas superiores a 60 mg. pueden afectar al sueño y, a partir de 160 mg., pueden surgir alteraciones psicológicas y de comportamiento, además de trastornos cardiovasculares.

La prohibición de su venta y consumo por parte de menores es una medida que han tomado por ahora países europeos como Polonia o Letonia. Con respecto al alcohol, la ley incide en el papel de ejemplo hacia la infancia que tienen los adultos y no estará permitida la venta en centros docentes, centros de ocio infantil y otros centros de recreo dirigidos a menores o en recintos destinados a espectáculos públicos durante actividades dirigidas a este tipo de audiencia.

Deporte

Como ya recoge la Ley del Deporte de Galicia, de 2012, no está permitida la introducción, venta y consumo de bebidas alcohólicas en las instalaciones donde se desarrollan competiciones deportivas. En cuanto a la promoción de bebidas alcohólicas, queda prohibida en establecimientos donde esté autorizado el consumo en el propio local mediante prácticas que inciten al consumo excesivo o descontrolado. Además, las máquinas expendedoras solo podrán ofrecer bebidas alcohólicas cuando dispongan de sistemas que permitan acreditar la mayoría de edad.

Contenido patrocinado

stats