Un nuevo decreto regula las actividades de las farmacias de Galicia

SALUD PÚBLICA

El objetivo es limitar cualquier comunicación de las farmacias que “fomente el uso de medicamentos” entre la ciudadanía de Galicia

Publicado: 10 mar 2025 - 19:30 Actualizado: 10 mar 2025 - 19:40
Un farmacia en las calles de Ourense.
Un farmacia en las calles de Ourense.

El conselleiro de Presidencia, Xustiza e Deportes, Diego Calvo, informó de que el Consello da Xunta aprobó la mañana de ayer el nuevo decreto por el que se regula la señalización, identificación, información, publicidad y actividades promocionales de las oficinas de farmacia y boticas anexas.

Tal y como explicó Calvo, el objetivo es actualizar la legislación vigente, de 2008, y adaptarla “a la nueva realidad social, sobre todo en el ámbito digital”. Por eso, el nuevo decreto regula también los requisitos que deben cubrir las oficinas de farmacia en su actividad en internet sea a través de una web propia o de las redes sociales. “Queremos limitar cualquier tipo de comunicación o publicidad que fomente el uso de medicamentos o que pueda suponer un perjuicio a la salud o seguridad de la ciudadanía”, indicó el conselleiro ante los medios.

Estructurado en 8 artículos, el nuevo texto introduce una serie de prescripciones en las que se definen los requisitos que deben cumplir este tipo de establecimientos sanitarios en sus actividades publicitarias e informativas. Asimismo, también estandariza los elementos de señalización de las oficinas de farmacia en nuestra comunidad.

Con la nueva regulación, las oficinas de farmacia podrán publicitarse a través de los envoltorios, bolsas o el papel empleado para los productos dispensados, así como a través de los tickets de venta, internet y mensajería instantánea o similares, siempre y cuando en estas informaciones consten, únicamente, sus datos generales de identificación: dirección, contacto, horarios, calendario de guardias, etc. También se permitirá la publicidad a través de estos medios, de las actividades sanitarias o servicios autorizados o acreditados por la administración sanitaria, que se realicen en la oficina de farmacia.

Regulación de la publicidad digital

Entre las novedades que acerca el decreto destaca la regulación de todas aquellas informaciones y publicidad que las oficinas de farmacia difundan en el ámbito digital, bien sea a través de su página web, o bien por medio de sus redes sociales.

En estas plataformas, además de proporcionar datos sobre su localización y contacto, estará permitido acercar “información general sobre el uso racional de medicamentos” promovidos por la Administración sanitaria y los colegios oficiales de Farmacia, promover la educación sanitaria y la prevención de las enfermedades, y también informar sobre aquellas campañas sanitarias en las que participe.

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