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OCHO AÑOS
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que impuso once años y cinco meses de cárcel a un hombre por violar a la hija de su pareja cuando tenía 8 y 9 años.
Los magistrados, informa el alto tribunal gallego, desestiman el recurso de apelación interpuesto por la defensa del condenado contra la sentencia dictada en primera instancia, pues descartan la existencia de error en la apreciación de la prueba, así como que se vulnerase el principio de presunción de inocencia.
En el fallo, el tribunal resalta que hay "lícita prueba incriminatoria", la cual fue "analizada racionalmente" por la Audiencia Provincial.
De ella, recoge la resolución, se desprende la participación del acusado, que "no ofrece duda alguna". A ello añade que los argumentos del recurrente no se basan "en ningún hecho acreditado por la prueba pericial psicológica practicada, sino en una mera hipótesis".
Además, el TSXG subraya que la Audiencia Provincial se guía "por la consolidada jurisprudencia sobre la valoración de la declaración de la denunciante", la cual calificó en la sentencia de primera instancia como "coherente, razonablemente persistente y verosímil".
También manifiesta que está "sólidamente soportada por la huella física apreciada en la menor y respaldada por la huella psíquica técnicamente detectada". La sentencia no es firme pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.
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