El Supremo rechaza el recurso de Audasa y obliga a devolver peajes cobrados indebidamente en las obras en Rande

PEAJES DE RANDE

El Tribunal Supremo rechaza el último recurso de Audasa y ratifica la obligación de devolver el dinero cobrado indebidamente a los conductores afectados por las obras en la AP-9.

Vista del puente de Rande en una imagen de archivo, donde Audasa deberá devolver los peajes cobrados durante las obras que provocaron retenciones graves en la AP-9.
Vista del puente de Rande en una imagen de archivo, donde Audasa deberá devolver los peajes cobrados durante las obras que provocaron retenciones graves en la AP-9. | Europa Press

El Tribunal Supremo ha rechazado el incidente extraordinario de nulidad de actuaciones presentado por Audasa, concesionaria de la autopista AP-9, y reafirma así la sentencia firme que la obliga a devolver los peajes cobrados indebidamente a los automovilistas afectados por las retenciones provocadas durante las obras de ampliación del puente de Rande.

La Sala de lo Civil frena con una providencia el intento de la empresa de anular el fallo dictado el pasado octubre, en el que se reconocía el derecho de los usuarios a recuperar el importe íntegro de los peajes abonados durante 81 incidencias graves de tráfico registradas entre 2015 y 2018. En ese periodo, las obras provocaron atascos en una infraestructura por la que circulan a diario más de 70.000 vehículos.

Una práctica considerada abusiva por el alto tribunal

En su resolución, el Supremo descarta que se haya producido vulneración alguna del derecho a la tutela judicial efectiva, como alegaba Audasa, y subraya que "la invocación formal de un derecho constitucional no permite promover este incidente excepcional para intentar reabrir una controversia ya resuelta". Los magistrados consideran que el procedimiento se desarrolló con todas las garantías y que la sentencia no incurre en indefensión ni incongruencia.

El fallo refuerza la doctrina de que cobrar íntegramente el peaje pese a una grave disminución de la calidad del servicio constituye una práctica abusiva. El tribunal recuerda además que Audasa estaba obligada a informar adecuadamente a los usuarios sobre los atascos y restricciones de tráfico, al ser la empresa que mejor conocía la situación de la autopista durante las obras y la que se encontraba en mejor posición para adoptar medidas que minimizaran el impacto.

La asociación de consumidores En-Colectivo, que lidera la defensa de los afectados junto a Adicae y a partir de una demanda colectiva impulsada por la Fiscalía de Pontevedra, valora la decisión de forma “muy positiva y esperanzadora”. Su presidente, Diego Maraña, afirma que el rechazo del recurso "envía un mensaje claro: las sentencias están para cumplirse y los derechos de los ciudadanos deben ser respetados".

Aunque Audasa aún podría intentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, En-Colectivo considera que esta vía tiene escasas posibilidades de prosperar debido a la contundencia de la providencia del Supremo. Por ello, la plataforma insta a la concesionaria a proceder a la devolución inmediata del dinero.

Podrán reclamar la devolución los conductores de vehículos particulares que acrediten documentalmente haber circulado por el tramo del puente de Rande en los días y franjas horarias correspondientes a las 81 incidencias reconocidas en la sentencia, mediante tiques de peaje, extractos bancarios o facturas de telepeaje. Audasa ha habilitado en su página web un espacio informativo con el listado de fechas y horas afectadas.

Los transportistas mantienen un procedimiento judicial independiente por este mismo asunto. En una sentencia previa, un grupo de 21 profesionales logró recuperar alrededor del 50 % de los peajes abonados, mientras siguen pendientes nuevos fallos.

Con esta decisión, el Supremo consolida un proceso judicial que se prolonga desde hace casi ocho años y refuerza el derecho de miles de usuarios a recuperar lo que nunca debieron pagar, junto con los intereses generados durante los años de afecciones al tráfico.

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