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HASTA EL 5 DE ENERO
La Xunta ha publicado este martes la orden por la que los afectados por incendios no tendrán que adelantar tasas en la tramitación de procedimientos.
La orden se adopta para evitar que los afectados por los incendios tengan que adelantar el pago de las tasas en el momento de la solicitud de la prestación del servicio, de modo que luego no tengan que solicitar la devolución de los importes ingresados.
Según se recoge en la orden publicada este martes en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el plazo para el pago de las tasas se amplía hasta el 5 de enero de 2026.
Esta ampliación del plazo será aplicable a las tasas devengadas por los supuestos de hecho que se realicen como consecuencia de los incendios producidos en Galicia a partir del 28 de julio de 2025 que provocaron la activación del Peifoga en situación 2, de acuerdo con los datos facilitados por la Axega, y en los que el pago de la tasa sea previo a la entrega del bien, a la realización de la actividad o a la prestación del servicio de la Administración gravado por la tasa.
En concreto, podrán ampliar el plazo de ingreso los obligados tributarios que tengan su domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados por estos incendios, así como aquellos obligados tributarios que, sin tener domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados, tengan establecimientos comerciales, industriales, turísticos y/o mercantiles o instalaciones y/o explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas radicados en ellos.
De este modo, la Xunta busca aliviar los costes fiscales derivados de las actuaciones de los particulares a consecuencia de los incendios de este verano en Galicia.
Las personas interesadas deberán presentar la autoliquidación mediante un modelo especial, en el que deben indicar que están afectados por los incendios y domiciliando el pago del importe correspondiente.
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