La defensa de David Sánchez recurrirá la condena de la Audiencia que sostiene que el puesto "se había creado para él"

NUEVA AÑOS DE INHABILITACIÓN

El tribunal condena al hermano del presidente del Gobierno a nueve años de inhabilitación por prevaricación, aunque lo absuelve del delito de tráfico de influencias al apreciar dudas sobre la existencia de presiones

El hermano del Presidente del Gobierno, David Sánchez, a su llegada a la quinta jornada de un juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz
El hermano del Presidente del Gobierno, David Sánchez, a su llegada a la quinta jornada de un juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz | Europa Press

La defensa de David Sánchez Pérez-Castejón recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz que condena al hermano del presidente del Gobierno a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa. El fallo sostiene que el músico se presentó al proceso selectivo para coordinador de actividades de los conservatorios de la Diputación de Badajoz sabiendo que el puesto "se había creado para él".

En la resolución, el tribunal afirma que David Sánchez participó en la convocatoria y realizó la entrevista "para simular la legalidad formal del procedimiento", del que fue "el principal beneficiario". Los magistrados consideran acreditado que las condiciones del puesto se adaptaron a sus circunstancias personales, permitiéndole no acudir diariamente a un despacho y centrarse en actividades relacionadas con la ópera.

La Audiencia entiende que posteriormente se produjo una modificación del puesto, transformándolo en la Jefatura de la Oficina de Artes Escénicas, una decisión que, según la sentencia, "realmente enmascaraba la creación de una plaza distinta" ajustada a sus intereses personales y no al interés público.

El tribunal concluye que David Sánchez cooperó de forma necesaria en la comisión del delito al participar en el proceso, aportar la documentación requerida y desempeñar funciones distintas de aquellas para las que había sido inicialmente contratado.

No obstante, la Audiencia descarta condenar por tráfico de influencias. Aunque los magistrados muestran su "convicción" de que la actuación prevaricadora buscaba favorecer a David Sánchez y a Luis Carrero, reconocen que existen "dudas" sobre la existencia de presiones concretas o influencias ejercidas para impulsar las resoluciones administrativas.

La sentencia señala que puede conjeturarse que hubo una actuación coordinada para beneficiar a ambos, pero admite que esa hipótesis carece del soporte probatorio necesario para fundamentar una condena por tráfico de influencias, por lo que aplica el principio in dubio pro reo.

Feijóo pide al Gobierno que acate la sentencia

Tras conocerse el fallo, el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, criticó la reacción del Ejecutivo y le instó a respetar la resolución judicial.

Feijóo aseguró que le preocupa que el Gobierno "descalifique" una sentencia aprobada por unanimidad y sin votos particulares, y advirtió de que esa actitud supone entrar en "una esfera peligrosa". A su juicio, el Ejecutivo debe limitarse a "acatar" las decisiones de los tribunales.

El presidente del PP recordó además que, según la resolución, David Sánchez ha sido condenado a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa, aunque ha quedado absuelto del delito de tráfico de influencias.

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