La asociación que ha recurrido la nacionalidad a descendientes de brigadistas lo fundamenta en la "falta de procedimiento y quiebra de la igualdad"

RECURSO

El pasado 1 de diciembre, la Embajada de España en Londres celebró un acto en el que se concedió la nacionalidad a 24 ciudadanos británicos descendientes de brigadistas.

Homenaje a los descendientes de brigadistas
Homenaje a los descendientes de brigadistas | Ministerio de Asuntos Exteriores

La Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica ha interpuesto un recurso potestativo de reposición contra el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 4 de noviembre, mediante el cual se concedió la nacionalidad española por carta de naturaleza a hijos y nietos de brigadistas internacionales. Según ha informado La Razón, la organización solicita la nulidad de pleno derecho de la norma al considerar que fue dictada “sin procedimiento”, con falta de motivación suficiente y vulnerando el principio de igualdad.

El real decreto permitió otorgar la nacionalidad a 54 hijos y 117 nietos de brigadistas, un total de 171 personas, de las cuales al menos 23 ya han recibido el pasaporte español. El pasado 1 de diciembre, la Embajada de España en Londres celebró un acto en el que se concedió la nacionalidad a 24 ciudadanos británicos descendientes de brigadistas.

El recurso, dirigido al ministro de la Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, sostiene que la disposición incurre en “múltiples irregularidades” que, a juicio de la asociación, la harían nula conforme al artículo 47.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Falta de procedimiento y acreditación

Tal y como recoge La Razón, el recurso argumenta que el real decreto no hace referencia a ningún expediente administrativo, ni menciona el procedimiento seguido, los documentos aportados o la acreditación individual de los requisitos exigidos por la Ley de Memoria Democrática. Tampoco distingue entre brigadistas y descendientes, ni detalla cómo se ha probado la condición de unos y otros.

La asociación denuncia, además, la ausencia de un reglamento que determine de forma clara qué documentación deben presentar los solicitantes, cómo se acredita la condición de brigadista del ascendiente, qué criterios se aplican para valorar la “labor continuada de difusión de la memoria” en el caso de los descendientes, ni qué órgano es competente para instruir los expedientes y en qué plazos.

En este sentido, el recurso subraya que no constan solicitudes individuales, informes jurídicos, informes técnicos de genealogía, acreditaciones documentales, trámites de audiencia ni propuesta de resolución, lo que, según la entidad, impide cualquier control objetivo del cumplimiento de los requisitos legales.

Vulneración del principio de igualdad

Otro de los ejes del recurso es la supuesta vulneración del principio de igualdad, al compararse este decreto con otros procedimientos de concesión de la nacionalidad por carta de naturaleza. La asociación recuerda que en casos como el de los sefardíes originarios de España se aprobó una ley específica con requisitos y procedimientos detallados.

También se alude a la proposición de ley relativa a la concesión de la nacionalidad a los saharauis nacidos bajo la administración española, que sí prevé una ley formal, desarrollo reglamentario y un procedimiento administrativo completo. A juicio de la entidad, este contraste evidencia un trato desigual injustificado entre colectivos históricos.

Posible arbitrariedad y motivación insuficiente

El recurso concluye que el real decreto se dictó “sin tramitación”, lo que constituiría causa de nulidad radical, y que su contenido sería “imposible” al basarse en requisitos no definidos ni acreditados. La asociación califica la actuación como una posible “vía de hecho” y apunta a un uso “electoralista” de la carta de naturaleza, al aprobarse de forma acelerada un elevado número de concesiones.

Finalmente, la entidad invoca jurisprudencia del Tribunal Supremo para recordar que, aunque la concesión de la nacionalidad por carta de naturaleza es una potestad discrecional del Gobierno, no puede ser arbitraria y debe contar con una motivación suficiente que permita su control jurisdiccional, algo que, según el recurso, no se habría producido en este caso.

Miembros de la Asociación durante la entrega de firmas contra la Ley de la Memoria Democrática
Miembros de la Asociación durante la entrega de firmas contra la Ley de la Memoria Democrática | Reconciliación y Memoria Histórica

Sobre la asociación

La Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica se constituyó con el objetivo declarado de promover la reconciliación entre los españoles y una interpretación plural del pasado histórico. Además, según se recoge en su web "por la preocupación de gran parte de la sociedad ante la dañina y revanchista Ley de Memoria Histórica creada en el año 2007 por José Luis Rodríguez Zapatero, y que únicamente ha servido para enfrentar y dividir aún más a los españoles", aseguran.

Su misión es la protección del patrimonio histórico y sostienen que usarán todos los cauces legales, para que las políticas de memoria se orienten a la convivencia y al respeto constitucional, evitando —según sus planteamientos— enfoques que considera divisivos.

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