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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la declaración de urgente ocupación de la expropiación forzosa de 'bienes y derechos' por parte de AENA para acometer las obras de ampliación del Aeropuerto de Alvedro, según informa el despacho de abogados que representa a la asociación de vecinos afectados y agrupados en la Plataforma Non á ampliación. En un comunicado, el letrado que representa a estos vecinos, Xoán Antón Pérez-Lema, afirma que la sentencia, contra la que no cabe recurso, estima 'sustancialmente' el recurso de la entidad vecinal contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 26 de noviembre de 2010 por el que se declaró 'la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa', indica.
Esta expropiación permitió que AENA ocupase los 'bienes y derechos' necesarios para la realización de las obras de ampliación del aeropuerto 'sin necesidad de abonar, previamente, a sus titulares el justo precio del expropiado', explica el letrado.
En su sentencia, el Tribunal Supremo señala que para que la Administración pueda acudir a este tipo de expropiación es necesario que concurra la 'imperiosa necesidad' de ejecutar unas obras que no permitan emplear el procedimiento expropiatorio común. Además, señala que no se argumentó la existencia de circunstancias que justificasen el procedimiento de urgencia.
Así, el fallo anula la urgente ocupación de expropiación forzosa 'por lo que el expediente expropiatorio deberá retrotaerse para ser tramitado por la vía ordinaria', explica el abogado de la plataforma vecinal.
'Esto significa, a efectos prácticos, que AENA deberá restituir los bienes y derechos expropiados a sus titulares para, posteriormente, abonarles el justo precio que corresponda y solo después proceder a la ocupación de los mismos', añade. Esta devolución no se producirá en el caso de que los titulares alcanzasen un acuerdo de transmisión de los citados bienes.
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