Un año de prisión por agresión sexual a la hermana de su expareja
UN MENSAJE CLAVE
La jueza del Penal 2 de Ourense condena a Diego R.A. a un año de prisión por agresión sexual al considerar probado que realizó un acto sexual sin consentimiento mientras la víctima dormía.
Diego R.A. se fue la madrugada del 15 de enero de 2023 a su domicilio acompañado de la hermana de su expareja. Cuando llegaron ambos se sentaron en el sofá y se pusieron a fumar y, poco después, la mujer se quitó las medias, se tumbó en el sofá, se tapó con una manta y se durmió.
En ese momento, Diego R.A. se desnudó por completo y se arrodilló junto a la mujer, le abrió las piernas y colocó su boca junto a sus partes íntimas, pero la víctima notó algo, se despertó y salió corriendo del domicilio. Así lo ve acreditado la jueza del Penal 2 de Ourense y por ello condena al acusado a un año de prisión como autor de un delito de agresión sexual.
La jueza relata en su sentencia que la versión del acusado en el juicio ofrece contradicciones con la que dio en instrucción. En la primera declaración de las dos contó que ese día ambos fueron juntos a su domicilio, fumaron y la víctima se sacó las medias y se puso a dormir, tapándose con una manta por la cintura. Por el contrario, en el Penal 2 relató que la denunciante se desnudó en las escaleras, quitándose las medias y los tenis, quedándose solo con el cinturón. Ya en el domicilio, en un momento dado, le dijo a ella “ven para la cama” y la mujer se levantó y se fue.
Mensaje clave
Además, menciona un mensaje que Diego R.A. le envió a la denunciante tras los hechos en su vivienda en el que decía: “Lo siento no era mi intención. Sorry de verdad. Pensé que tú querías me gustaba pensar q era una osa tú y yo (emoji) sorry Pero no me pude aguantar teniéndote aquí”. Para la jueza avala el relato de la víctima, ya que hubiese ocurrido lo que cuenta el acusado no se concebiría por qué le dijo: “Lo siento no era mi intención”. En este sentido, considera que el comentario de “no me pude aguantar” evidencia claramente que el acusado hizo algo que iba mucho más allá de haberle dicho “ven para la cama”.
Una de las cuestiones que puso sobre la mesa la defensa es que fue la víctima la que decidió subir hasta la casa con el acusado. La jueza se muestra tajante al respecto: “El que uno consienta (o quiera) subir con alguien a su domicilio, no implica que consienta todo lo que le pueda pasar después estando en ese domicilio”.
Además, señala que se puede aceptar como lógico y comprensible que Diego R.A. pudiera tener la legítima expectativa de tener una relación con la denunciante esa noche cuando decidió ella subir hasta su casa, pero considera indudable que optó por llevar a cabo un acto sexual con la mujer en el único momento en que ella no podía mostrar su consentimiento.
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