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La Audiencia Provincial de Ourense confirmó el sobreseimiento provisional dictado por Instrucción 2 de la causa por una posible sumisión química que se inició a raíz de la denuncia de una mujer ante la Policía Nacional en la que expresaba sus sospechas de que estuviese drogada cuando mantuvo relaciones sexuales con un chico que conoció en un pub. En su relato a los agentes, explicó que salió con una amiga y tomó en la cena una copa de vino. Posteriormente, bebieron dos copas cada una en un pub, donde conoció al denunciado, quien las invitó, aunque la mujer no recuerda si llegó a terminarse la bebida.
Desde allí fueron a otro local, manifestando la mujer que en el trayecto se sentía como flotando, muy mareada. En este pub, el denunciado bailó con ella y la besó, recordando ella que el chico la llevó a casa. Con lagunas mentales explica que fueron caminando por calles empedradas y cogieron un taxi, sin embargo, apenas rememora nada del trayecto en coche. Tan solo que ella fue quien pagó la carrera con su teléfono y que él se bajó un momento.
Por indagaciones posteriores supo por el taxista que esto sucedió en la calle Progreso, donde el denunciado compró preservativos y donetes. Su siguiente recuerdo es estar en la cama en casa de su amiga con el acusado de rodillas a punto de ponerse un profiláctico, recordando ser penetrada. Cuando se despertó, él no estaba y ella se encontraba muy mal, no explicándose como podía sentirse así, sospechando por la terapia psicológica que pudo haber sido drogada.
El caso llegó al Juzgado de Instrucción 2, decretando la magistrada el sobreseimiento provisional al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito. Una decisión ratificada posteriormente por la Audiencia Provincial, que asegura que se llevó a cabo “una minuciosa y detallada instrucción”.
“El nudo gordiano del presente procedimiento versa sobre el consentimiento de la denunciante, que esta niega al no hallarse en condiciones de consentir por su grave estado de afectación”, explican los magistrados del alto tribunal provincial, quienes señalan en el auto que la sumisión química es una mera elucubración. Ante ella, indican que no se ha justificado por el momento una grave afectación que anulase el consentimiento de la mujer. Al respecto, mencionan la coordinación de la denunciante, bailando en el pub con el chico, siendo consciente de que se han besado al comentárselo a su amiga o caminando por la calle hasta el taxi.
Los magistrados consideran claves los mensajes entre la denunciante y el denunciado, en los que ella habría admitido que hicieron lo que quisieron y que fue todo consentido. “Verbaliza su consentimiento, ya no en una sola conversación sino en varias al tiempo que mantiene una conversación normalizada con el denunciado”, recoge el auto. Además, señalan que en un diálogo entre ambos la mujer le insiste para que le remita conversaciones anteriores para enseñárselas a su novio, con el que había cortado y con el que quería arreglar las cosas, para que este compruebe que pasó como ella se lo contó. En base a todo ello, los magistrados ratifican el sobreseimiento provisional decretado por la jueza de Instrucción 2.
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