El asesino de Velle rompe su silencio: “Callé por miedo”

TSXG

Hizo uso de la última palabra en el TSXG y aseguró que la joven muerta le agredió a él con un cuchillo

Diego Rodríguez Torres, en la vista celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza este lunes.
Diego Rodríguez Torres, en la vista celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza este lunes. | M. DYLAN

Diego Rodríguez Torres regresó este lunes a una sala de vistas muy a su pesar. Debía asistir a la vista de apelación convocada por el TSXG. Tanto su abogada como una de las acusaciones particulares recurrieron la sentencia dictada por la Audiencia de Ourense que lo condenó a 22 años y medio de prisión por dos asesinatos, uno en grado de tentativa. Su defensa pide menos pena y el abogado que habla en nombre de la víctima mortal, más.

Para asegurar su presencia ante los magistrados de A Coruña fue trasladado desde la cárcel de Pereiro a Teixeiro diez días antes. No le gustan los cambios y se notaba enfadado. Y más delgado. Contra todo pronóstico, hizo uso de su derecho a la última palabra para explicar, según él, lo qué ocurrió en la madrugada del 19 de febrero de 2021, cuando acudió a casa de su primo, próxima al galpón donde vivía en Velle, y lo acuchilló. Posteriormente, hizo lo mismo con su novia, que no sobrevivió al grave ataque.

La defensa rechaza una actuación premeditada y hace valer la esquizofrenia del condenado. el abogado de la fallecida dice que hubo ensañamiento

“En Ourense (en alusión al juicio con jurado popular) estuve callado porque tenía miedo; se dijeron muchas mentiras”, aseguró para sorpresa de todos. En una intervención muy deslavazada, confesó que tenía miedo del primo porque “andaba con una pistola”. Salió de casa para matar conejos, y explicó, a su manera, que no quería agredir a su primo Álvaro y que incluso dejó que llamara a su madre. Mantuvo que Ana Balboa, la joven asesinada, lo atacó con un cuchillo y se limitó a defenderse (en la sentencia no quedó probado). El inculpado insistió en que no quería matarlos y concluyó su alegato con lágrimas en los ojos.

La abogada del condenado, Mónica Víctor Fortes, recurrió la sentencia en base a la calificación jurídica del crimen y la atenuante aplicada. Sostiene que se le condenó por asesinato al apreciar alevosía cuando “en el relato de hechos probados no existe ni un solo elemento que lleve a la apreciación de esa agravante”. La calificación debería ser -añadió- homicidio. Incide en que el cadáver de Ana presentaba señales de defensa y muestra su extrañeza por la sangre únicamente de Álvaro en el cuchillo cuando después aún Diego atacó a Ana. “Podría indicar la existencia de un cuchillo de Ana defensivo”, sostiene. Entiende esa parte que no hubo un ataque sorpresivo porque Diego llamó a la puerta de la joven pareja y anunció sus intenciones cuando le abrieron (“os voy a matar”). La defensa plantea una eximente incompleta muy calificada de alteración psíquica en la persona de Diego, quien padece un trastorno psicótico de tipo esquizofrenia paranoide desde los 18 años. En el jurado este tema suscitó debate y la balanza se decantó por una atenuante simple por un solo voto.

Jorge Temes, el abogado que representa a la familia de la joven asesinada, interesa en su recurso que se impongan diez años de libertad vigilada, además de la prohibición de comunicar o aproximarse a la familia durante ese tiempo (la sentencia de la Audiencia contempla dos años de libertad vigilada postpenitenciaria, sin más medidas) ante “la peligrosidad del penado”. En cuanto a la indemnización reclama 150.000 euros para cada uno de los padres y su hermana.

El fallo de la sentencia lo condena a pagar 60.000 a cada uno de los progenitores y 10.000 a la hermana. La acusación particular considera “que el importe indemnizatorio es insuficiente y no responde al daño causado por Diego a las víctimas del delito de asesinato cometido en la persona de Ana Balboa, quienes perdieron a una hija y hermana de apenas 22 años, que, además, murió de forma injustificada y violenta, habiendo recibido múltiples cuchilladas y con quien sus familiares mantenían una buena y estrecha relación, con contacto diario”.

En su recurso, planteó el ensañamiento (no lo contempló el jurado): “No solo quiso acabar con la vida de la víctima sino que trató de producirle padecimientos innecesarios para la ejecución del delito”. La sentencia sostiene que hubo dos cuchilladas profundas en cuello y tórax que le provocaron una hemorragia aguda grave y la muerte. Rodríguez Torres le propinó múltiples cortes por todo el cuerpo, 26 lesiones más que, según Temes, pretendían aumentar deliberadamente el sufrimiento. El abogado dice que las manifestaciones del forense Fernando Serrulla en calidad de perito “confundieron al jurado por imprecisas e inexactas” (habló de heridas de tanteo superficial).

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