El centro cívico de A Cuña acoge el culto de una iglesia
ACTIVIDAD PROHIBIDA
El reglamento de centros cívicos prohíbe realizar actividades a entidades de carácter religioso
El centro cívico de A Cuña se ha convertido, durante los cierres de semana, en el lugar de culto de una de las iglesias evangélicas de Ourense. Según varias personas que acuden regularmente, las sesiones se celebran las tardes de jueves, viernes y sábados, cerrando durante ese período el salón principal del centro cívico y no permitiendo la entrada de personas ajenas al culto.
Las actividades de culto comenzaron a mediados del mes de marzo, según ha podido saber este periódico, y la iglesia deja en el salón un atril que usan para la prédica, así como dos cestos, un cepillo, y un teclado con equipo de sonido que usan para el canto de los himnos.Preguntados al respecto, los integrantes argumentan que las celebraciones se tratan de una “actividad cultural”, si bien en el atril hay un indicativo de que pertenecen a la Iglesia de Ourense, e incluye una cita bíblica del libro del Levítico.
Estas celebraciones contravienen la ordenanza vigente para el uso de centros cívicos, cuya última actualización data del año 2015, y fue aprobada por el equipo del entonces alcalde Agustín Fernández. En su punto 6 se especifica que “non serán usuarios ou usuarias de centros cívicos as entidades que, aínda estando legalmente constituídas, teñan un perfil relixioso e soliciten espazos para a práctica de actos litúrxicos, proselitismo, ou de divulgación do seu credo”, por lo que estas celebraciones no estarían permitidas. El mismo reglamento obliga a cualquier actividad desarrollada en los centros cívicos a ser solicitada a través del Rexistro Xeral del Concello, con lo que el área de Asuntos Sociales, encabezada por Tamara Silva, debería estar informada de estas actividades.
Aunque la normativa establece que “á proposta da concellería, poderase dar prioridade ao uso de espazos para a realización dunha actividade concreta, atendendo ao interese público, social e relevancia da actividade”, uno de los requisitos es que se trate de “actividades abertas a todos os veciños”, algo que tampoco se estaría cumpliendo.
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